AbogadoPro

    Derecho Laboral · Finiquito

    Cómo calcular un finiquito en Chile 2026 — paso a paso

    7 pasos con fórmulas y ejemplos reales para calcular indemnización por años, aviso previo, recargo por despido injustificado y feriado proporcional.

    Esta guía entrega orientación general. Los montos exactos dependen de tu contrato, causal de despido y sentencia judicial. Si tienes dudas sobre tu finiquito, consulta con un abogado laboral.

    Ítems que componen un finiquito

    Indemnización por años

    1 mes/año trabajado (máx. 11 años, tope 90 UF)

    Aviso previo

    1 mes si no te avisaron con 30 días de anticipación

    Recargo por despido injustificado

    30–100% adicional sobre la indemnización

    Feriado proporcional

    Vacaciones acumuladas no gozadas

    Los 7 pasos para calcular tu finiquito

    Sigue estos pasos en orden. Si el despido termina en juicio, el tribunal aplica el mismo cálculo con los recargos que correspondan.

    1

    Calcula los años de servicio

    Cuenta desde la fecha de inicio del contrato hasta la fecha de término. Solo se computan años completos para la indemnización por años de servicio (Art. 163 CT). Los meses restantes cuentan para el feriado proporcional.

    Fórmula

    Años = fecha término − fecha inicio (fracción de año no cuenta para indemnización)

    Ejemplo: Ingreso: 15 marzo 2019 → Término: 10 julio 2026 → 7 años completos

    2

    Determina la última remuneración mensual

    La base de cálculo es la última remuneración mensual bruta, excluyendo las asignaciones que la ley no considera (asignación de movilización, colación, viático, desgaste de herramientas). En la práctica se usa el sueldo base más las bonificaciones habituales.

    Fórmula

    Base = sueldo bruto + bonos habituales (excluir viáticos, colación, movilización)

    Ejemplo: Sueldo bruto $1.200.000 + bono de $150.000 → base = $1.350.000

    3

    Calcula la indemnización por años de servicio

    Si el despido es por Art. 161 (necesidades de empresa) o un Art. 160/159 declarado improcedente en juicio, corresponde un mes de remuneración por cada año trabajado. Tope legal: 90 UF por año y máximo 11 años.

    Fórmula

    Indemnización = sueldo base × años de servicio (máx. 11 años, tope 90 UF/año)

    Ejemplo: 7 años × $1.350.000 = $9.450.000 → verificar que no supere 7 × 90 UF

    4

    Suma el aviso previo (si aplica)

    Si el empleador no dio el aviso de 30 días antes del despido, debe pagar una indemnización sustitutiva equivalente a 1 mes de sueldo. Si sí avisó con 30 días de anticipación, este ítem es cero.

    Fórmula

    Aviso previo = 0 si dio aviso con ≥30 días, 1 mes de sueldo si no lo dio

    Ejemplo: Sin aviso previo → + $1.350.000

    5

    Aplica el recargo si el despido fue injustificado

    Si el tribunal declara el despido injustificado, aplica un recargo sobre la indemnización por años de servicio: 30% (Art. 161), 50% (Art. 159 mal aplicado), 80% (Art. 160 sin causa), 100% (Art. 160 N°1/5/6 sin causa real).

    Fórmula

    Recargo = indemnización años × porcentaje recargo según causal

    Ejemplo: Art. 160 injustificado (80%): $9.450.000 × 80% = $7.560.000 adicionales

    6

    Agrega el feriado proporcional

    Los días de vacaciones legales acumulados que no se tomaron se pagan proporcionales al tiempo trabajado en el último año. Se calcula sobre días hábiles según el Código del Trabajo.

    Fórmula

    Feriado = (días hábiles de feriado/año × meses trabajados) / 12 × sueldo diario

    Ejemplo: 15 días × 4 meses / 12 × $45.000/día = $225.000

    7

    Suma todos los ítems y obtén el total

    El finiquito final suma: indemnización por años + aviso previo + recargo (si aplica) + feriado proporcional + remuneraciones pendientes. Este total debe constar en el documento de finiquito firmado ante ministro de fe.

    Fórmula

    Total = indemnización + aviso previo + recargo + feriado + remuneraciones pendientes

    Ejemplo: $9.450.000 + $1.350.000 + $0 recargo + $225.000 feriado = $11.025.000

    ¿Prefiers que la calculadora haga los números por ti?

    Ingresa tus datos y obtén el monto estimado en segundos. Incluye tope de 90 UF y recargos por causal.

    Tabla de recargos según causal de despido

    Cuando el tribunal declara el despido injustificado, aplica un recargo sobre la indemnización por años de servicio. El porcentaje depende de la causal que invocó el empleador.

    Causal invocadaRecargoArtículo CT
    Necesidades de la empresa (sin acreditar)30%Art. 161
    Art. 159 mal aplicado o causal incorrecta50%Art. 159
    Falta de probidad, ausencias u otras sin causa80%Art. 160 (general)
    Vías de hecho, injurias o conducta inmoral grave sin causa100%Art. 160 N°1/5/6

    Fuente: Art. 168 y 163 del Código del Trabajo.

    Preguntas frecuentes sobre el finiquito

    ¿Qué pasa si el empleador calcula mal el finiquito?

    Puedes objetar el finiquito ante la Inspección del Trabajo o presentar una demanda en el Juzgado del Trabajo dentro de 2 años desde el despido. Si el monto es incorrecto, el empleador debe pagar la diferencia más reajustes e intereses.

    ¿El finiquito se puede negociar?

    Los montos legales mínimos (indemnización por años, aviso previo, feriado) son irrenunciables. Sin embargo, el trabajador puede acordar un pago mayor, y las partes pueden llegar a un acuerdo sobre forma y plazos de pago mediante cuotas.

    ¿Hay plazo para pagar el finiquito?

    Sí. Según el Art. 163 bis del Código del Trabajo, el empleador tiene 10 días hábiles desde el término del contrato para pagar el finiquito. Si paga en cuotas debe documentarlo. El no pago en plazo genera multas administrativas.

    ¿Qué es el tope de 90 UF?

    La ley limita la base de cálculo de la indemnización por años a 90 UF mensuales (~$3,6 millones en 2026). Si el sueldo supera ese tope, igual se calcula con 90 UF. El tope aplica por año de servicio, con un máximo de 11 años.

    ¿Debo firmar el finiquito si no estoy de acuerdo?

    No. Puedes negarte a firmarlo si el monto es incorrecto. Tienes derecho a pedir un plazo para revisar el documento. Si firmas, se considera que aceptaste los montos, salvo que el tribunal determine que hubo error o engaño.

    ¿El finiquito aplica también para renuncia?

    Sí. Al renunciar también corresponde firmar un finiquito que incluya el feriado proporcional y cualquier remuneración pendiente. Sin embargo, la renuncia no genera derecho a indemnización por años de servicio ni al seguro de cesantía en la cuenta individual del empleador.

    ¿El empleador calculó mal tu finiquito?

    Un abogado laboral puede revisar el cálculo, detectar montos faltantes y orientarte sobre si vale la pena objetar o demandar. Evaluamos tu caso sin costo.

    Revisar mi finiquito — consulta gratis
    Consulta gratisRespondemos hoy