Acoso Laboral y Ley Karin en Chile 2026: Cómo Denunciar y Qué Corresponde
La Ley Karin (Ley 21.643), vigente desde el 1 de agosto de 2024, obliga a todos los empleadores a investigar el acoso laboral en 30 días. Si no actúan, puedes demandar por tutela laboral con indemnización por daño moral incluida.
6 min de lectura¿Tu empresa tiene el protocolo Ley Karin?
Desde el 1 de agosto de 2024, todos los empleadores — incluso con un solo trabajador — deben tener un protocolo escrito de prevención de acoso. Si tu empresa no lo tiene, ya está incumpliendo la ley y puede ser multada por la Inspección del Trabajo.
¿Qué conductas constituyen acoso laboral?
La ley exige conductas reiteradas que afecten la dignidad o creen un ambiente hostil. En la práctica, los tribunales reconocen:
Plazos del proceso Ley Karin
Presentas la denuncia ante el empleador
Por escrito, al canal indicado en el protocolo (RR.HH., gerente, etc.)
Empleador decide la vía
Puede investigar internamente (30 días) o derivar a la Inspección del Trabajo (5 días para notificar).
Medidas de resguardo inmediatas
El empleador DEBE separar físicamente al denunciante del denunciado desde el inicio. Esto es obligatorio.
Conclusión de la investigación interna
El empleador emite informe y adopta medidas: sanciones, traslados o despido del acosador si corresponde.
Si no hay respuesta, denuncia a la Inspección
La Inspección tiene 30 días propios para investigar y multar. También puedes demandar tutela laboral.
Qué evidencias reunir antes de denunciar
¿Estás sufriendo acoso laboral?
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