Impuesto a la Herencia en Chile 2026
Regulado por la Ley N.° 16.271. La exención para hijos y cónyuge es de 50 UTA (~$43 millones) por heredero — la mayoría de herencias de tamaño medio no paga impuesto. El plazo para declarar y pagar es 2 años desde el fallecimiento. Pasado ese plazo, multa del 1,5% mensual.
Plazo: 2 años desde el fallecimiento
Si el impuesto no se declara dentro del plazo, se acumula una multa del 1,5% mensual sobre el monto adeudado, más reajuste IPC. Puedes pedir prórroga al SII antes de que venza el plazo.
Exenciones por parentesco (Ley 16.271 — julio 2026)
La exención se aplica por cada heredero sobre la parte que le corresponde. 1 UTA julio 2026 = $859.788.
| Parentesco | Exención (UTA) | Exención (pesos) |
|---|---|---|
| Hijos (y descendientes directos) | 50 UTA | $42.989.400 |
| Cónyuge o conviviente civil sobreviviente | 50 UTA | $42.989.400 |
| Padres y demás ascendientes | 50 UTA | $42.989.400 |
| Hermanos (carnales o de simple conjunción) | 20 UTA | $17.195.760 |
| Otros colaterales (tíos, sobrinos, primos) | 15 UTA | $12.896.820 |
| Extraños (legatarios sin vínculo de parentesco) | 5 UTA | $4.298.940 |
Fuente: Ley N.° 16.271 · Arts. 988–992 Código Civil.
Tabla de tramos del impuesto (tasa base — hijos y cónyuge)
La tasa se aplica sobre el excedente de la exención, de forma escalonada. Para hermanos y otros parientes, la tasa se multiplica por 1.2× a 1.6×.
| Tramo (UTA) | Monto en pesos (julio 2026) | Tasa (hijos/cónyuge) |
|---|---|---|
| Hasta 50 UTA | $42.989.400 | 0% — exento |
| 50 – 100 UTA | $42.989.400 – $85.978.800 | 1% |
| 100 – 200 UTA | $85.978.800 – $171.957.600 | 2,5% |
| 200 – 400 UTA | $171.957.600 – $343.915.200 | 5% |
| 400 – 600 UTA | $343.915.200 – $515.872.800 | 7,5% |
| 600 – 800 UTA | $515.872.800 – $687.830.400 | 10% |
| Más de 800 UTA | Más de $687.830.400 | 15% (tope) |
Fuente: Art. 2° Ley N.° 16.271 · 1 UTA = $859.788 (julio 2026 = 12 × UTM $71.649)
Ejemplo de cálculo: departamento de $120 millones, 2 hijos
Cálculo simplificado. El SII usa el avalúo fiscal actualizado. La tasa puede variar según parentesco y otros bienes de la herencia.
Plazos, multas y prórrogas
| Evento | Plazo |
|---|---|
| Plazo para declarar y pagar el impuesto | 2 años desde el fallecimiento |
| Pago fuera del plazo de 2 años | Cualquier momento posterior |
| Plazo para declarar la posesión efectiva (intestada) | Sin plazo — pero bloquea trámites si no se hace |
| Solicitud de prórroga | Antes del vencimiento de los 2 años |
Qué hacer paso a paso para declarar el impuesto
Obtener la resolución de posesión efectiva (Registro Civil o Tribunal)
Sin posesión efectiva no se puede presentar la declaración al SII.
Tasar los bienes con el avalúo fiscal actualizado (SII)
Inmuebles: avalúo fiscal SII (sii.cl → Bienes Raíces). Vehículos: tabla fiscal DGA. Otros bienes: tasación pericial.
Calcular la cuota de herencia de cada heredero
Según los órdenes sucesorios (intestada) o el testamento. El abogado calcula la cuota exacta de cada uno.
Presentar el Formulario 4405 en el SII
Dentro de los 2 años desde el fallecimiento. Se puede solicitar prórroga antes del vencimiento. El SII puede liquidar diferencias.
Pagar el impuesto (si corresponde) o solicitar pago en cuotas
Se puede pagar en hasta 12 cuotas mensuales reajustadas en UF. La exención de 50 UTA/heredero cubre la mayoría de los casos.
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