Impuesto a la Herencia en Chile 2026

    Regulado por la Ley N.° 16.271. La exención para hijos y cónyuge es de 50 UTA (~$43 millones) por heredero — la mayoría de herencias de tamaño medio no paga impuesto. El plazo para declarar y pagar es 2 años desde el fallecimiento. Pasado ese plazo, multa del 1,5% mensual.

    José Luis Fernández Henríquez
    José Luis Fernández Henríquez

    Abogado · Derecho Laboral, Familia y Sucesorio

    Universidad SEK

    Publicado: Julio 2026
    Actualizado: Julio 2026
    Fuente: Ley 16.271 · SII Chile
    ★ 5.0 · 69 reseñas GoogleEspecialistas en Posesión Efectiva · Herencias · Testamentos · Eje Oriente Santiago+15 años en Derecho SucesorioAbogado habilitado ante la Excma. Corte Suprema de Chile · Confidencialidad absoluta

    Plazo: 2 años desde el fallecimiento

    Si el impuesto no se declara dentro del plazo, se acumula una multa del 1,5% mensual sobre el monto adeudado, más reajuste IPC. Puedes pedir prórroga al SII antes de que venza el plazo.

    Exenciones por parentesco (Ley 16.271 — julio 2026)

    La exención se aplica por cada heredero sobre la parte que le corresponde. 1 UTA julio 2026 = $859.788.

    ParentescoExención (UTA)Exención (pesos)
    Hijos (y descendientes directos)50 UTA$42.989.400
    Cónyuge o conviviente civil sobreviviente50 UTA$42.989.400
    Padres y demás ascendientes50 UTA$42.989.400
    Hermanos (carnales o de simple conjunción)20 UTA$17.195.760
    Otros colaterales (tíos, sobrinos, primos)15 UTA$12.896.820
    Extraños (legatarios sin vínculo de parentesco)5 UTA$4.298.940

    Fuente: Ley N.° 16.271 · Arts. 988–992 Código Civil.

    Tabla de tramos del impuesto (tasa base — hijos y cónyuge)

    La tasa se aplica sobre el excedente de la exención, de forma escalonada. Para hermanos y otros parientes, la tasa se multiplica por 1.2× a 1.6×.

    Tramo (UTA)Monto en pesos (julio 2026)Tasa (hijos/cónyuge)
    Hasta 50 UTA$42.989.4000% — exento
    50 – 100 UTA$42.989.400 – $85.978.8001%
    100 – 200 UTA$85.978.800 – $171.957.6002,5%
    200 – 400 UTA$171.957.600 – $343.915.2005%
    400 – 600 UTA$343.915.200 – $515.872.8007,5%
    600 – 800 UTA$515.872.800 – $687.830.40010%
    Más de 800 UTAMás de $687.830.40015% (tope)

    Fuente: Art. 2° Ley N.° 16.271 · 1 UTA = $859.788 (julio 2026 = 12 × UTM $71.649)

    Ejemplo de cálculo: departamento de $120 millones, 2 hijos

    Valor total del bien (tasación fiscal)$120.000.000
    Cuota de cada hijo (÷ 2)$60.000.000
    Exención por hijo (50 UTA)– $42.989.400
    Base imponible por hijo~$17.010.600
    Tramo 50–100 UTA → tasa 1% sobre el excedente~$170.106
    Impuesto total (2 hijos)~$340.212

    Cálculo simplificado. El SII usa el avalúo fiscal actualizado. La tasa puede variar según parentesco y otros bienes de la herencia.

    Plazos, multas y prórrogas

    EventoPlazo
    Plazo para declarar y pagar el impuesto2 años desde el fallecimiento
    Pago fuera del plazo de 2 añosCualquier momento posterior
    Plazo para declarar la posesión efectiva (intestada)Sin plazo — pero bloquea trámites si no se hace
    Solicitud de prórrogaAntes del vencimiento de los 2 años

    Qué hacer paso a paso para declarar el impuesto

    Obtener la resolución de posesión efectiva (Registro Civil o Tribunal)

    Sin posesión efectiva no se puede presentar la declaración al SII.

    Tasar los bienes con el avalúo fiscal actualizado (SII)

    Inmuebles: avalúo fiscal SII (sii.cl → Bienes Raíces). Vehículos: tabla fiscal DGA. Otros bienes: tasación pericial.

    Calcular la cuota de herencia de cada heredero

    Según los órdenes sucesorios (intestada) o el testamento. El abogado calcula la cuota exacta de cada uno.

    Presentar el Formulario 4405 en el SII

    Dentro de los 2 años desde el fallecimiento. Se puede solicitar prórroga antes del vencimiento. El SII puede liquidar diferencias.

    Pagar el impuesto (si corresponde) o solicitar pago en cuotas

    Se puede pagar en hasta 12 cuotas mensuales reajustadas en UF. La exención de 50 UTA/heredero cubre la mayoría de los casos.

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    Preguntas frecuentes sobre el impuesto a la herencia

    ¿Cuándo se paga el impuesto a la herencia en Chile?

    El impuesto a la herencia (regulado por la Ley 16.271) se paga cuando el valor de los bienes heredados por cada persona supera la exención según su grado de parentesco. Para hijos y cónyuge, la exención es de 50 UTA (~$43 millones en julio 2026) por heredero. Por encima de ese monto, el impuesto es escalonado del 1% al 15%. El plazo para declarar y pagar es 2 años desde el fallecimiento.

    ¿Los hijos pagan impuesto a la herencia en Chile?

    Los hijos tienen una exención de 50 UTA (~$43 millones en julio 2026) sobre la parte de la herencia que les corresponde. Si la herencia total dividida entre los herederos resulta en menos de $43 millones por persona, no pagan impuesto. La mayoría de las herencias de tamaño medio en Chile quedan exentas. Solo patrimonios grandes o inmuebles de alto valor superan el umbral.

    ¿Cómo se calcula el impuesto a la herencia?

    El cálculo es por heredero, no sobre el total de la herencia. Pasos: (1) Determinar el valor de los bienes que le corresponden a cada heredero (cuota de herencia). (2) Restar la exención según parentesco (50 UTA para hijos y cónyuge). (3) Aplicar la tabla de tramos sobre el excedente. (4) Multiplicar por el coeficiente según parentesco (1× para hijos, 1.2× para hermanos, etc.). El SII tiene un formulario en línea.

    ¿Qué pasa si no se paga el impuesto a la herencia a tiempo?

    Si no se paga dentro de los 2 años desde el fallecimiento, se acumula una multa del 1,5% mensual sobre el impuesto adeudado, más reajuste por IPC. Además, el SII puede liquidar de oficio el impuesto con recargos. Para evitar multas, conviene declarar incluso si se solicita prórroga — el SII puede conceder hasta 1 año adicional si se pide antes del vencimiento.

    ¿El impuesto a la herencia y la posesión efectiva son lo mismo?

    No. La posesión efectiva es el trámite legal que reconoce quiénes son los herederos (ante el Registro Civil si es intestada, o el tribunal si es testada). El impuesto a la herencia (Ley 16.271) es un impuesto que puede o no aplicarse según el valor de los bienes. Ambos trámites son independientes, pero el SII fiscaliza el cumplimiento del impuesto al momento de inscribir la posesión efectiva.

    ¿Los inmuebles heredados pagan impuesto?

    Sí, si su valor supera la exención. El valor se determina por el avalúo fiscal del bien raíz actualizado. Si un inmueble vale $100 millones y hay un solo heredero hijo, los primeros ~$43 millones están exentos y el impuesto aplica sobre el excedente de ~$57 millones según la tabla de tramos. Con tasas bajas del 1%–2,5% sobre ese tramo, el impuesto sería entre $570.000 y $1.425.000.

    ¿Se puede pagar el impuesto en cuotas?

    Sí. La Ley 16.271 permite pagar el impuesto en hasta 12 cuotas mensuales si el heredero lo solicita al SII. Las cuotas se reajustan por UF. Esta opción es útil cuando la herencia incluye inmuebles con liquidez baja — se puede pagar el impuesto sin necesidad de vender el bien.

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