Derecho Laboral · Las Condes

    Abogado Autodespido en Las Condes 2026

    El autodespido (Art. 171 CT) permite renunciar y demandar al empleador cuando incumplió gravemente el contrato: cotizaciones impagas, cambio de cargo, acoso laboral. Cobras las mismas indemnizaciones que el despido injustificado + recargos. Honorario de éxito — sin pago anticipado.

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    José Luis Fernández Henríquez
    José Luis Fernández Henríquez

    Abogado · Derecho Laboral, Familia y Sucesorio

    Universidad SEK

    Plazo fatal doble: 60 días para autodespedirte + 60 días para demandar

    Desde que conociste el incumplimiento tienes 60 días hábiles para renunciar invocando el Art. 171. Desde la renuncia, 60 días más para presentar la demanda. Ambos plazos son fatales.

    Causales de autodespido y recargos en Las Condes 2026

    Causal del incumplimientoRecargo sobre indemnizaciónArtículo
    Cotizaciones previsionales impagas80%Art. 162 CT
    No pago de remuneraciones o bonos pactados50%–100%Art. 160 N°1 CT
    Cambio unilateral de cargo / lugar trabajo30%–80%Art. 160 N°7 CT
    Acoso laboral no resuelto (Ley Karin)80% + tutelaArt. 171 + 489 CT
    Actos graves contra la persona del trabajador100%Art. 160 N°1 CT

    Cómo hacer el autodespido desde Las Condes: paso a paso

    1

    Verificar el incumplimiento grave del empleador de Las Condes

    AbogadoPro revisa: historial de cotizaciones en la AFP/Isapre, liquidaciones de sueldo, contrato de trabajo, correos sobre cambios de cargo y funciones, registros de acoso. Para ejecutivos de Las Condes, los contratos son más complejos y los beneficios adicionales (bonos, autos, seguros) deben revisarse en detalle.

    2

    Notificación y renuncia con invocación del Art. 171 CT

    AbogadoPro redacta la carta de autodespido que invoca el Art. 171 CT, describe el incumplimiento grave y declara la terminación del contrato. Esta carta debe ser precisa — los errores en la invocación pueden afectar la demanda posterior.

    3

    Conciliación ante la Inspección del Trabajo de Santiago Oriente

    Antes del juicio, se intenta conciliación. Las empresas de Las Condes con áreas legales generalmente participan. Si hay acuerdo, se paga el monto pactado. Si no, AbogadoPro prepara la demanda judicial.

    4

    Demanda ante los Juzgados del Trabajo de Santiago

    Si no hay acuerdo en conciliación, la demanda se presenta dentro de los 60 días hábiles desde el autodespido. Se incluyen todas las indemnizaciones: años de servicio, aviso previo, recargos, cotizaciones impagas y todo lo adeudado.

    5

    Sentencia y cobro

    El juez determina si el incumplimiento fue grave y ordena el pago de indemnizaciones. Si el empleador de Las Condes no paga voluntariamente: embargo de cuentas de la empresa, retención en bancos o bienes. AbogadoPro ejecuta la sentencia hasta el cobro efectivo.

    Incumplimientos frecuentes en empresas de Las Condes

    Cotizaciones previsionales impagas

    El empleador descuenta la cotización del sueldo pero no la entera en la AFP/Isapre. Es delito y causal de autodespido con recargo del 80%. En Las Condes, frecuente en empresas en problemas de liquidez que mantienen la apariencia de normalidad.

    Cambio de cargo o funciones sin acuerdo

    Las corporaciones de Las Condes restructuran y reubican ejecutivos unilateralmente. Si el cambio de cargo implica menor jerarquía, sueldo, beneficios o condiciones de trabajo, puede ser causal de autodespido.

    No pago de bonos y comisiones pactadas

    Los contratos ejecutivos en Las Condes frecuentemente incluyen bonos anuales de desempeño, comisiones por ventas y beneficios variables. Si la empresa no los paga según lo acordado, es incumplimiento grave y causal de autodespido.

    Acoso laboral sostenido no resuelto

    Si el trabajador denunció acoso (Ley Karin) y la empresa no resolvió en 30 días, o el acoso continuó tras la denuncia, el autodespido por acoso laboral se combina con tutela laboral: indemnización completa + 80% de recargo + 6–11 meses adicionales.

    ¿Tu empleador de Las Condes incumplió el contrato?

    José Luis Fernández Henríquez, abogado laboral especialista en autodespido y socio fundador de AbogadoPro, evalúa si tienes causal y cuánto puedes recuperar.

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    Preguntas frecuentes: autodespido en Las Condes

    ¿Qué es el autodespido y cuándo procede para trabajadores de Las Condes?

    El autodespido (o despido indirecto, Art. 171 CT) ocurre cuando el trabajador renuncia y demanda al empleador porque éste incumplió gravemente el contrato. En Las Condes, las causales más frecuentes son: cotizaciones previsionales impagas, cambio unilateral de funciones o lugar de trabajo, acoso laboral no resuelto, no pago de remuneraciones, y negativa a pagar bonos o comisiones pactadas.

    ¿Cuánto se puede recuperar con el autodespido en Las Condes?

    Las mismas indemnizaciones que en el despido injustificado: 1 mes por año de servicio (tope 11 meses) + aviso previo (1 mes) + recargo 30%–100% según la causal. Si el autodespido es por cotizaciones impagas (Art. 162 CT), el recargo es del 80%. Si además hay tutela laboral por acoso o represalia, se agregan 6–11 meses adicionales. Para ejecutivos de Las Condes, los montos superan frecuentemente los $30–70 millones.

    ¿Qué pasa si el empleador de Las Condes no pagó cotizaciones por meses?

    Las cotizaciones previsionales impagas son causal de autodespido (Art. 160 N°7 CT). Si el empleador en Las Condes no pagó AFP, Isapre o Fonasa, el trabajador puede renunciar y demandar como si hubiera sido despedido injustificadamente. AbogadoPro verifica el historial previsional completo antes de proceder.

    ¿El cambio de cargo o lugar de trabajo en empresa de Las Condes permite el autodespido?

    Sí, si el cambio fue unilateral y significativo (ius variandi excedido). Si la empresa de Las Condes cambia al trabajador de cargo, área o lugar de trabajo sin acuerdo y el cambio perjudica al trabajador, es causal de autodespido. El tribunal evalúa si el cambio fue razonable o constituyó incumplimiento grave.

    ¿Cuánto tiempo tengo para autodespedirme desde que ocurre el incumplimiento?

    El autodespido debe ejercerse dentro de los 60 días hábiles desde que el incumplimiento se hizo conocido. Una vez que el trabajador renuncia (autodespido), tiene 60 días hábiles para presentar la demanda judicial. Plazo fatal — si vence, se pierde el derecho.

    ¿Puedo autodespedirme mientras negoció con la empresa de Las Condes?

    Sí, pero con cuidado. Si el empleador reconoce el incumplimiento y propone acuerdo, AbogadoPro evalúa si conviene negociar o proceder al autodespido judicial. La negociación extrajudicial no interrumpe los plazos legales — hay que actuar antes de que el plazo venza.

    ¿Qué diferencia hay entre renunciar y autodespedirse en empresa de Las Condes?

    La renuncia común no da derecho a indemnización. El autodespido sí: el trabajador renuncia pero alega que el empleador lo obligó por sus incumplimientos, y demanda el pago de todas las indemnizaciones. La clave está en invocar correctamente el Art. 171 CT al momento de renunciar y presentar la demanda judicial posterior.

    ¿AbogadoPro cobra anticipado para casos de autodespido en Las Condes?

    No. AbogadoPro trabaja con honorario de éxito: 20%–25% de lo recuperado solo si hay resultado. La evaluación inicial es gratuita por WhatsApp.

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