Apremio Personal por Pensión de Alimentos: Arresto Nocturno y Arraigo 2026

    El apremio corporal (art. 14 Ley 14.908) permite solicitar el arresto nocturno hasta 15 días y el arraigo nacional contra el deudor de pensión de alimentos con solo 1 cuota impaga. Es la medida de presión más efectiva cuando el deudor puede pagar pero no quiere. Primera evaluación gratuita.

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    José Luis Fernández Henríquez
    José Luis Fernández Henríquez

    Abogado · Derecho Laboral, Familia y Sucesorio

    Universidad SEK

    Tipos de apremio por deuda de alimentos en Chile

    El apremio no es una condena penal — es una medida de presión. El deudor puede seguir trabajando durante el día.

    🔒

    Arresto nocturno

    Desde: Con 1 cuota impaga

    El deudor debe presentarse cada noche en un recinto policial (comisaría o gendarmería). Se decreta por hasta 15 días corridos, renovables si no hay pago. No impide trabajar durante el día.

    Base legal: Ley 14.908, art. 14

    🛂

    Arraigo nacional

    Desde: Junto con el arresto o independiente

    El deudor queda impedido de salir del país hasta acreditar el pago de las pensiones adeudadas o constituir garantía suficiente. El Departamento de Extranjería y Migración es notificado.

    Base legal: Ley 14.908, art. 16

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    Apremio al empleador

    Desde: Si el empleador incumple el oficio

    Si el empleador recibió el oficio de descuento por planilla y no lo cumplió, el tribunal puede decretar apremio en su contra — el empleador se convierte en responsable directo de la deuda.

    Base legal: Ley 14.908, art. 13

    Apremio vs. cobro ejecutivo: diferencias clave

    Son herramientas distintas — la estrategia óptima es combinar ambas.

    DimensiónApremio personalCobro ejecutivo
    ObjetivoPresionar al deudor para que pagueObtener el dinero directamente
    MecanismoArresto nocturno / arraigoDescuento planilla / AFP / embargo
    EfectoPresión personal y socialTransferencia de fondos al alimentado
    Cuándo se usaCuando el deudor puede pagar pero no quierePara extraer fondos directamente
    Cuándo es más efectivoDeudores con bienes pero sin sueldo formalDeudores con sueldo o fondos AFP
    Base legalLey 14.908, art. 14 y 16Ley 14.908, art. 8 / Ley 21.484

    En AbogadoPro usamos ambas herramientas en paralelo para maximizar la presión y el cobro efectivo.

    Proceso para solicitar el apremio: paso a paso

    1

    Acreditar el incumplimiento ante el tribunal

    Se presenta al Tribunal de Familia la liquidación de deuda con las cuotas impagas y se acredita que el deudor fue notificado y no ha pagado. Basta con 1 cuota impaga para solicitar el apremio.

    2

    Solicitar el apremio corporal

    El abogado presenta escrito solicitando el arresto nocturno y/o arraigo. El juez puede resolverlo de plano (sin audiencia) o citar a audiencia breve. En la práctica, muchos jueces lo decretan al día siguiente de la solicitud.

    3

    Notificación y ejecución del apremio

    Carabineros notifica al deudor la resolución de arresto. Si el deudor no se presenta voluntariamente, Carabineros puede ir a buscarlo a su domicilio o trabajo. El arraigo se registra automáticamente en el sistema de PDI y pasos fronterizos.

    4

    Pago y alzamiento del apremio

    Una vez que el deudor paga (total o acuerdo aprobado por el tribunal), el abogado presenta el comprobante de pago y solicita el alzamiento del arresto y el arraigo. Si no paga, el arresto se renueva automáticamente por 15 días adicionales.

    ¿El deudor tiene ingresos pero no paga?

    El apremio es la herramienta más eficaz cuando el deudor puede pagar pero elige no hacerlo. Si el deudor tiene trabajo, cuentas bancarias o propiedades, el arresto nocturno suele resolver el problema en días. Consúltenos antes de esperar más.

    El deudor puede pagar. Nosotros hacemos que lo haga.

    En la práctica, la mayoría de los deudores que reciben la notificación de arresto nocturno pagan antes de cumplir los primeros 15 días. No espere más cuotas impagas.

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    Preguntas frecuentes sobre el apremio por alimentos

    ¿Qué es el apremio personal por pensión de alimentos en Chile?

    El apremio personal es una medida de presión que puede decretar el Tribunal de Familia contra el deudor de pensión de alimentos que no paga pudiendo hacerlo. La forma más común es el arresto nocturno: el deudor debe presentarse cada noche en una comisaría por hasta 15 días corridos, renovables. También puede decretarse el arraigo nacional, que impide salir del país. La base legal es el artículo 14 de la Ley 14.908.

    ¿Cuántas cuotas sin pagar se necesitan para pedir el apremio?

    Con 1 sola cuota impaga ya se puede solicitar el apremio corporal (arresto nocturno) ante el Tribunal de Familia. No es necesario esperar 3 meses ni acumular varios períodos. En la práctica, los tribunales lo conceden rápidamente cuando hay resolución judicial previa de pensión y evidencia de incumplimiento.

    ¿Cuántos días puede durar el arresto nocturno?

    El arresto nocturno se decreta por hasta 15 días corridos. Si el deudor cumple los 15 días sin pagar, el tribunal puede renovarlo automáticamente por otros 15 días, y así sucesivamente hasta que pague o suscriba un acuerdo de pago aprobado por el tribunal. En la práctica, pocos deudores aguantan más de 1 período de 15 días antes de llegar a un arreglo.

    ¿El deudor va a la cárcel?

    No es una pena de cárcel. El arresto nocturno es una medida de apremio: el deudor puede trabajar con normalidad durante el día, pero debe presentarse cada noche en el recinto policial designado (comisaría o gendarmería). Si el deudor no se presenta voluntariamente, Carabineros puede ir a buscarlo a su domicilio. No es una condena penal.

    ¿El apremio es lo mismo que el cobro de la deuda?

    No. Son dos procedimientos distintos que se pueden usar en paralelo. El apremio es una medida de presión para que el deudor pague voluntariamente. El cobro ejecutivo (descuento por planilla, retención AFP, embargo) extrae el dinero directamente sin que el deudor lo entregue voluntariamente. Lo ideal es combinar ambos: el apremio para presionar y el cobro ejecutivo para garantizar el flujo mensual.

    ¿Qué pasa si el deudor trabaja fuera de Chile?

    El arraigo nacional impide que el deudor ingrese al país — si está en el extranjero, PDI lo detiene al cruzar la frontera. Para deudores que viven permanentemente en el extranjero, existen mecanismos de cooperación judicial internacional. Además, si el deudor tiene fondos AFP en Chile, se pueden retener aunque él viva fuera del país.

    ¿Puede el deudor salir del apremio sin pagar?

    Sí, pero solo si acredita imposibilidad real de pago (cesantía comprobada, enfermedad grave) y el tribunal lo acepta. En la práctica, los jueces exigen evidencia concreta y suelen condicionar el alzamiento del apremio a un acuerdo de pago con garantías. Simplemente declarar que no tiene dinero no es suficiente si hay bienes o ingresos que lo contradigan.

    ¿Cuánto tiempo tarda en ejecutarse el apremio desde que se solicita?

    Desde que se presenta la solicitud al tribunal hasta que el deudor recibe la notificación de arresto tarda habitualmente entre 1 y 3 semanas, dependiendo del tribunal y la rapidez de la notificación por Carabineros. Algunos tribunales resuelven la solicitud el mismo día si los antecedentes están completos.

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