Apremio Personal por Pensión de Alimentos: Arresto Nocturno y Arraigo 2026
El apremio corporal (art. 14 Ley 14.908) permite solicitar el arresto nocturno hasta 15 días y el arraigo nacional contra el deudor de pensión de alimentos con solo 1 cuota impaga. Es la medida de presión más efectiva cuando el deudor puede pagar pero no quiere. Primera evaluación gratuita.
Solicitar apremio — evaluación gratisTipos de apremio por deuda de alimentos en Chile
El apremio no es una condena penal — es una medida de presión. El deudor puede seguir trabajando durante el día.
Arresto nocturno
Desde: Con 1 cuota impagaEl deudor debe presentarse cada noche en un recinto policial (comisaría o gendarmería). Se decreta por hasta 15 días corridos, renovables si no hay pago. No impide trabajar durante el día.
Base legal: Ley 14.908, art. 14
Arraigo nacional
Desde: Junto con el arresto o independienteEl deudor queda impedido de salir del país hasta acreditar el pago de las pensiones adeudadas o constituir garantía suficiente. El Departamento de Extranjería y Migración es notificado.
Base legal: Ley 14.908, art. 16
Apremio al empleador
Desde: Si el empleador incumple el oficioSi el empleador recibió el oficio de descuento por planilla y no lo cumplió, el tribunal puede decretar apremio en su contra — el empleador se convierte en responsable directo de la deuda.
Base legal: Ley 14.908, art. 13
Apremio vs. cobro ejecutivo: diferencias clave
Son herramientas distintas — la estrategia óptima es combinar ambas.
| Dimensión | Apremio personal | Cobro ejecutivo |
|---|---|---|
| Objetivo | Presionar al deudor para que pague | Obtener el dinero directamente |
| Mecanismo | Arresto nocturno / arraigo | Descuento planilla / AFP / embargo |
| Efecto | Presión personal y social | Transferencia de fondos al alimentado |
| Cuándo se usa | Cuando el deudor puede pagar pero no quiere | Para extraer fondos directamente |
| Cuándo es más efectivo | Deudores con bienes pero sin sueldo formal | Deudores con sueldo o fondos AFP |
| Base legal | Ley 14.908, art. 14 y 16 | Ley 14.908, art. 8 / Ley 21.484 |
En AbogadoPro usamos ambas herramientas en paralelo para maximizar la presión y el cobro efectivo.
Proceso para solicitar el apremio: paso a paso
Acreditar el incumplimiento ante el tribunal
Se presenta al Tribunal de Familia la liquidación de deuda con las cuotas impagas y se acredita que el deudor fue notificado y no ha pagado. Basta con 1 cuota impaga para solicitar el apremio.
Solicitar el apremio corporal
El abogado presenta escrito solicitando el arresto nocturno y/o arraigo. El juez puede resolverlo de plano (sin audiencia) o citar a audiencia breve. En la práctica, muchos jueces lo decretan al día siguiente de la solicitud.
Notificación y ejecución del apremio
Carabineros notifica al deudor la resolución de arresto. Si el deudor no se presenta voluntariamente, Carabineros puede ir a buscarlo a su domicilio o trabajo. El arraigo se registra automáticamente en el sistema de PDI y pasos fronterizos.
Pago y alzamiento del apremio
Una vez que el deudor paga (total o acuerdo aprobado por el tribunal), el abogado presenta el comprobante de pago y solicita el alzamiento del arresto y el arraigo. Si no paga, el arresto se renueva automáticamente por 15 días adicionales.
¿El deudor tiene ingresos pero no paga?
El apremio es la herramienta más eficaz cuando el deudor puede pagar pero elige no hacerlo. Si el deudor tiene trabajo, cuentas bancarias o propiedades, el arresto nocturno suele resolver el problema en días. Consúltenos antes de esperar más.
El deudor puede pagar. Nosotros hacemos que lo haga.
En la práctica, la mayoría de los deudores que reciben la notificación de arresto nocturno pagan antes de cumplir los primeros 15 días. No espere más cuotas impagas.
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