Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos (RNDPA) 2026
El RNDPA (Ley 21.389) inscribe al deudor que acumula 3 o más cuotas impagas y bloquea su acceso a bancos, notarías y beneficios del Estado. La Ley 21.484 permite cobrar hasta el 90% de sus fondos AFP. Inscripción en 2 a 6 semanas. Primera evaluación gratuita.
Evaluar mi caso de pensión gratis¿Qué es el RNDPA y para qué sirve?
El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA) es un registro público administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), creado por la Ley 21.389 de 2021. Su objetivo es presionar económica y socialmente a quienes incumplen el pago de pensiones de alimentos, bloqueándolos de operaciones bancarias, notariales y beneficios del Estado.
En la práctica, la inscripción en el RNDPA tiene un impacto inmediato y profundo en la vida financiera del deudor: no puede obtener créditos, firmar escrituras, ni acceder a subsidios habitacionales. Es una de las herramientas más efectivas de presión para el cobro de pensiones impagas en Chile.
Cifra clave 2026
El mínimo legal de pensión de alimentos es el 40% del Ingreso Mínimo Mensual (IMM) por hijo: $221.421 mensuales en 2026 (40% de $553.553, vigente desde mayo 2026, Ley 14.908, art. 3°). La deuda de 3 cuotas equivale a $664.263 en el mínimo legal — suficiente para solicitar la inscripción.
Consecuencias de estar en el RNDPA
Las restricciones rigen desde el día de la inscripción y se mantienen hasta que el deudor acredite el pago total ante el tribunal.
Bloqueo bancario
Los bancos no pueden otorgar créditos, abrir cuentas ni renovar tarjetas mientras el deudor figure en el Registro.
Bloqueo notarial
Las notarías no pueden autorizar escrituras de compraventa, arriendo, ni ningún acto jurídico que involucre al deudor.
Arraigo nacional
El juez puede decretar arraigo: el deudor no puede salir del país hasta acreditar el pago de las pensiones adeudadas.
Suspensión de licencia
El Registro Civil puede suspender la licencia de conducir del deudor por solicitud del tribunal.
Sin beneficios del Estado
El deudor queda excluido de subsidios habitacionales, becas y otros beneficios del Estado mientras figure en el Registro.
Arresto nocturno
El juez puede decretar arresto nocturno de hasta 15 días, renovables, como apremio al pago. La medida es especialmente efectiva.
Cómo inscribir al deudor en el RNDPA: proceso paso a paso
Acreditar deuda ante el tribunal
Debes presentar ante el Tribunal de Familia los antecedentes que acreditan el incumplimiento: sentencia de pensión, liquidación de deuda y registro de pagos (o falta de ellos). Normalmente se requieren 3 meses continuos de incumplimiento o deuda equivalente.
Solicitar la inscripción en el RNDPA
El abogado presenta un escrito solicitando al tribunal la inscripción del deudor en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (Ley 21.389). El juez lo puede resolver de plano o citar a audiencia.
Resolución y notificación al deudor
El tribunal dicta resolución ordenando la inscripción y notifica al deudor. Este tiene un plazo breve para pagar o acreditar acuerdo de pago. Sin pago, el Registro civil inscribe al deudor automáticamente.
Efectos inmediatos del Registro
Una vez inscrito, los bancos, notarías y organismos del Estado son notificados. Las restricciones entran en vigor inmediatamente y permanecen hasta que el deudor acredite el pago total de la deuda ante el tribunal.
Plazo estimado: 2 a 6 semanas desde la solicitud hasta la inscripción efectiva, dependiendo de la agenda del Tribunal de Familia y la notificación al deudor.
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Consultar sobre el RNDPA gratisCobro desde AFP del deudor — Ley 21.484 (2022)
La Ley 21.484 creó una herramienta adicional especialmente útil cuando el deudor trabaja de forma informal o cambia de empleador frecuentemente: el cobro directo desde sus fondos de AFP. El tribunal puede ordenar la retención de hasta el 90% del saldo previsional, según los años que falten para la jubilación.
| Situación del deudor | % máximo a retener del saldo AFP |
|---|---|
| Más de 10 años para jubilar | Hasta el 50% del saldo AFP |
| Entre 5 y 10 años para jubilar | Hasta el 80% del saldo AFP |
| Menos de 5 años para jubilar | Hasta el 90% del saldo AFP |
El cobro desde AFP requiere resolución judicial. El saldo restante de AFP del deudor no puede quedar por debajo del monto necesario para financiar una pensión de vejez equivalente al 150% de la pensión básica solidaria.
¿Cómo sale el deudor del Registro?
La inscripción en el RNDPA no es automáticamente temporal. El deudor solo puede salir del Registro acreditando el pago ante el tribunal. A continuación, las vías válidas:
- Pagar la totalidad de la deuda acumulada (capital e intereses) ante el tribunal.
- Llegar a un convenio de pago aprobado por el tribunal y cumplirlo íntegramente.
- Acreditar pago directo al alimentado con documentos válidos (transferencias, recibos notariales).
- El tribunal certifica el pago y ordena al Registro Civil la eliminación — no es automático, requiere gestión judicial.
Importante: La eliminación del Registro no es automática tras el pago. El deudor (o su abogado) debe presentar los documentos de pago ante el tribunal, que luego oficia al Registro Civil para eliminar la inscripción. Sin este trámite, la inscripción permanece vigente.
Preguntas frecuentes sobre el RNDPA
¿Qué es el RNDPA o Registro Nacional de Deudores de Alimentos?
El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA) es un registro público creado por la Ley 21.389 (2021) que inscribe a quienes adeudan 3 o más cuotas de pensión de alimentos. Su efecto principal es bloquear el acceso a créditos bancarios, operaciones notariales, beneficios del Estado y puede incluir arraigo y suspensión de licencia. El objetivo es presionar económica y socialmente al deudor moroso para que pague.
¿Cuánto tiempo sin pagar para inscribir al deudor en el Registro?
La ley permite inscribir al deudor cuando adeuda el equivalente a 3 meses de pensión o más. No es necesario esperar 3 meses consecutivos — basta con acumular ese monto. En la práctica, con 2 o 3 cuotas impagas ya podemos solicitar la inscripción al tribunal. El proceso desde la solicitud hasta la inscripción efectiva tarda entre 2 y 6 semanas.
¿Puedo cobrar la pensión desde los fondos AFP del deudor?
Sí. La Ley 21.484 (2022) permite solicitar al tribunal el cobro desde los fondos de AFP del deudor alimentario: hasta el 50% del saldo si le faltan más de 10 años para jubilar, 80% entre 5 y 10 años, y 90% si le quedan menos de 5 años. Esta herramienta es muy efectiva cuando el deudor trabaja informalmente o evita el descuento en el sueldo.

