Abogado Especialista en Acoso Laboral en Santiago
Acoso laboral (mobbing) y acoso sexual en Santiago. Denuncia, investigación interna, autodespido por causal del Art. 160 N°1 y demanda con indemnización agravada.
Santiago concentra el mayor número de denuncias por acoso laboral y acoso sexual del país. La Ley Karin (21.643) reforzó las obligaciones de las empresas y permite denuncias más rápidas y efectivas. Tramitamos investigaciones internas, denuncias en la DT y juicios laborales.
Acoso laboral, sexual y tutela de derechos fundamentales
El acoso laboral (mobbing) es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterado por parte del empleador o compañeros, que tenga como resultado el menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique tu situación laboral. Está regulado en el Art. 2° del Código del Trabajo.
El procedimiento de tutela laboral (Art. 485 y ss.) protege derechos fundamentales como la integridad física y psíquica, la honra, la vida privada, la libertad de conciencia y la no discriminación. Las indemnizaciones por daño moral y vulneración pueden ser muy significativas, además de las indemnizaciones laborales tradicionales.
En Santiago Oriente — Las Condes, Providencia, Vitacura — las denuncias por acoso laboral aumentaron un 35% desde agosto de 2024 (entrada en vigor de la Ley Karin). La ley obliga a toda empresa, sin importar su tamaño, a tener un protocolo escrito de prevención, investigar formalmente en 30 días y aplicar sanciones. La omisión o dilación por parte del empleador es agravante en el procedimiento de tutela.
**¿Por qué AbogadoPro para acoso laboral en Santiago?** José Luis Fernández Henríquez lleva más de una década litigando tutelas laborales y casos Ley Karin en los Juzgados de Letras del Trabajo de Santiago. Diferencias concretas frente a un abogado generalista: (1) conocemos el estándar probatorio de cada juzgado y los plazos exactos del procedimiento de tutela; (2) tramitamos en paralelo la denuncia en la Inspección del Trabajo y la demanda judicial, usando el informe de fiscalización como prueba en juicio; (3) honorario de éxito — cobramos solo si hay sentencia o acuerdo favorable. Para acoso sexual, Ley Karin y despidos vulneratorios, la especialización del abogado es determinante en el resultado final.
Casos típicos
Tipos de casos que atendemos
Acoso laboral (mobbing) por jefatura
Hostigamiento sistemático: humillaciones, sobrecarga injustificada, aislamiento, descalificaciones públicas.
Acoso sexual en el trabajo
Insinuaciones, tocamientos, propuestas indebidas, condicionamiento del empleo. Procede investigación interna y demanda.
Discriminación por embarazo o género
Despidos encubiertos, no contratación, no renovación por embarazo, lactancia o género. Tutela + indemnización.
Discriminación por edad u origen
Despidos o trato diferenciado por edad, nacionalidad, orientación sexual, religión, sindicalización.
Vulneración por afiliación sindical
Represalias por participar en sindicatos, negociaciones colectivas o huelgas. Fuero sindical y tutela.
Despido vulneratorio
Despido como represalia por reclamar derechos, denunciar al empleador o ejercer libertades fundamentales.
Cómo trabajamos
Cómo se litiga este tipo de casos
Paso 1
Documentación de los hechos
Mensajes, correos, testigos, denuncias previas, certificados médicos, licencias por estrés.
Paso 2
Denuncia interna o en Inspección
Si sigues trabajando: investigación interna por acoso (obligatoria) o denuncia en Dirección del Trabajo.
Paso 3
Demanda de tutela laboral
Procedimiento especial con plazo de 60 días, con indemnización por daño moral y por vulneración (6 a 11 meses de sueldo).
Paso 4
Audiencias y reparación
Tutela tiene plazos breves. Buscamos sentencia rápida o acuerdo significativo en mediación.
Tribunales y trámites en Santiago
Las denuncias por acoso pueden hacerse en la Inspección del Trabajo de Santiago o internamente en la empresa según protocolo de la Ley Karin. Si se opta por autodespido o demanda, la causa va a los Juzgados de Letras del Trabajo de Santiago con tramitación reservada.
Indemnizaciones y sanciones: Ley Karin + tutela laboral
El procedimiento de tutela tiene una indemnización adicional propia: entre 6 y 11 meses de la última remuneración por la vulneración del derecho fundamental, además del daño moral y las indemnizaciones laborales ordinarias si el contrato terminó.
Dirección del Trabajo vs. tutela judicial: la denuncia en la Inspección es gratuita y genera multas al empleador (ver tabla), pero no produce indemnización para el trabajador. La tutela laboral ante el Juzgado del Trabajo sí la genera. En la práctica, ambas vías se tramitan en paralelo: el informe de fiscalización sirve como prueba clave en el juicio.
Fundamento legal: Art. 2° CT (acoso laboral), Art. 19 N°1 CPR (integridad psíquica), Art. 485–495 CT (tutela laboral), Ley 21.643 — Ley Karin (agosto 2024), DS N°43/2024 (protocolo de prevención obligatorio para toda empresa).
- Indemnización por vulneración (tutela): 6 a 11 meses de sueldo.
- Daño moral según gravedad (montos significativos en casos graves).
- Si hay despido: indemnización por años + aviso previo + recargo del 100%.
- Plazo para demandar: 60 días hábiles desde la vulneración o despido.
- Procedimiento ágil: 3 a 6 meses promedio en tribunales.
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Por qué nuestros clientes nos recomiendan
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Años de experiencia
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Respuesta promedio
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M.R. · Santiago
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J.P. · Valparaíso
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Preguntas frecuentes
Acoso Laboral en Santiago · Ley Karin 21.643 en Santiago
¿Qué se considera acoso laboral en Chile?
¿Qué hacer si sufro acoso laboral?
¿Qué es la **Ley Karin**?
¿Cómo se prueba el acoso laboral?
¿Qué indemnización se obtiene por acoso laboral?
¿En qué tribunal se ve el acoso laboral en Santiago?
Acoso laboral en otras ciudades
Atendemos este servicio en todo Chile. Revisa la página local con información del tribunal correspondiente.
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