Derecho Laboral · Región Metropolitana

    Abogado por Cotizaciones Impagas en Santiago

    Recuperamos cotizaciones de AFP, Fonasa/Isapre y AFC adeudadas por tu empleador. Aplicamos la Ley Bustos (nulidad del despido) en los Juzgados de Letras del Trabajo de Santiago.

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    Santiago concentra el mayor volumen de juicios por cotizaciones impagas del país. La Ley Bustos (Ley 19.631) permite cobrar al empleador todas las remuneraciones desde el despido hasta el pago efectivo de las cotizaciones, lo que multiplica el resultado del juicio.

    ¿Qué son las cotizaciones impagas?

    Tu empleador está obligado a descontar de tu sueldo y enterar en las instituciones previsionales (AFP, Fonasa o Isapre, AFC) las cotizaciones de cada mes. Cuando no las paga o las declara y no las paga (DNP), comete una infracción grave que afecta directamente tu pensión y atención de salud.

    La Ley 17.322 establece un procedimiento ejecutivo especial para cobrar estas deudas previsionales, con la posibilidad de embargar bienes del empleador, retener pagos y aplicar multas. Además, si te despiden con cotizaciones impagas, opera la 'Ley Bustos' que congela el despido hasta que se paguen.

    Casos típicos

    Cuándo aplica esta acción

    Cotizaciones declaradas y no pagadas (DNP)

    El empleador declaró ante AFP/Fonasa que descontó tus cotizaciones, pero no las enteró. Caso típico y fácil de probar.

    Cotizaciones no declaradas

    Trabajaste meses o años pero el empleador nunca declaró tu vínculo laboral. Hay que reconstruir el período.

    Te despidieron con cotizaciones impagas

    Aplica la Ley Bustos: el despido no produce efectos y el empleador debe pagar tu sueldo hasta convalidar el pago.

    Cotizaciones por monto menor al real

    Te pagaron sueldo pero cotizaron por un sueldo más bajo. Procede acción de declaración y cobro retroactivo.

    Honorarios encubriendo relación laboral

    Si te tenían a boleta pero había subordinación y dependencia, demandamos reconocimiento + cotizaciones de todo el período.

    Bonos no incorporados a la base imponible

    Bonos, comisiones y gratificaciones deben cotizar. Si no se incluyeron, hay diferencias millonarias.

    Cómo trabajamos

    Cómo recuperamos tus cotizaciones

    Paso 1

    Solicitamos certificados de deuda

    Pedimos a AFP, Previred, Fonasa/Isapre y AFC los certificados oficiales de cotizaciones adeudadas.

    Paso 2

    Reclamo en Dirección del Trabajo

    Multas administrativas inmediatas y presión sobre el empleador para regularizar.

    Paso 3

    Demanda ejecutiva Ley 17.322

    Procedimiento expedito con embargo de bienes y retención bancaria al empleador.

    Paso 4

    Aplicación de Ley Bustos

    Si te despidieron, demandamos el pago de remuneraciones hasta la convalidación del despido.

    Tribunales y trámites en Santiago

    La causa se tramita en los Juzgados de Letras del Trabajo de Santiago. La conciliación previa en la Inspección del Trabajo es obligatoria. Adicionalmente, las AFPs e Isapres pueden iniciar cobranza ejecutiva paralela contra el empleador por las cotizaciones adeudadas.

    Plazos, recargos y prescripción

    Las cotizaciones previsionales prescriben en plazos largos: 5 años para AFP y AFC desde que la cotización debió pagarse. Las cotizaciones de salud (Fonasa/Isapre) tienen plazos similares. Mientras antes accionemos, más se recupera.

    • Plazo prescripción AFP: 5 años desde que la cotización era exigible.
    • Reajustes según UF + interés penal del 50% anual.
    • Multa de 0,75 UF por cada 10 UF de deuda (Ley 17.322).
    • Ley Bustos: sueldo a pagar hasta convalidación si despido con DNP.
    • El empleador es solidariamente responsable junto a sus representantes legales.

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