Derecho Laboral · Región del Biobío
Abogado por Acoso Laboral en Concepción
Acoso laboral y sexual en Concepción, Talcahuano y el Gran Concepción. Ley Karin vigente desde agosto 2024. Denuncia, tutela de derechos y autodespido con indemnización agravada.
El Gran Concepción concentra industrias, universidades, hospitales y servicios donde el acoso laboral es una realidad que la Ley Karin (Ley 21.643) busca erradicar. Desde agosto de 2024, todos los empleadores tienen protocolos obligatorios de prevención y los Juzgados de Letras del Trabajo de Concepción tramitan tutelas de derechos fundamentales.
Acoso laboral, sexual y tutela de derechos fundamentales
El acoso laboral (mobbing) es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterado por parte del empleador o compañeros, que tenga como resultado el menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique tu situación laboral. Está regulado en el Art. 2° del Código del Trabajo.
El procedimiento de tutela laboral (Art. 485 y ss.) protege derechos fundamentales como la integridad física y psíquica, la honra, la vida privada, la libertad de conciencia y la no discriminación. Las indemnizaciones por daño moral y vulneración pueden ser muy significativas, además de las indemnizaciones laborales tradicionales.
Casos típicos
Tipos de casos que atendemos
Acoso laboral (mobbing) por jefatura
Hostigamiento sistemático: humillaciones, sobrecarga injustificada, aislamiento, descalificaciones públicas.
Acoso sexual en el trabajo
Insinuaciones, tocamientos, propuestas indebidas, condicionamiento del empleo. Procede investigación interna y demanda.
Discriminación por embarazo o género
Despidos encubiertos, no contratación, no renovación por embarazo, lactancia o género. Tutela + indemnización.
Discriminación por edad u origen
Despidos o trato diferenciado por edad, nacionalidad, orientación sexual, religión, sindicalización.
Vulneración por afiliación sindical
Represalias por participar en sindicatos, negociaciones colectivas o huelgas. Fuero sindical y tutela.
Despido vulneratorio
Despido como represalia por reclamar derechos, denunciar al empleador o ejercer libertades fundamentales.
Cómo trabajamos
Cómo se litiga este tipo de casos
Paso 1
Documentación de los hechos
Mensajes, correos, testigos, denuncias previas, certificados médicos, licencias por estrés.
Paso 2
Denuncia interna o en Inspección
Si sigues trabajando: investigación interna por acoso (obligatoria) o denuncia en Dirección del Trabajo.
Paso 3
Demanda de tutela laboral
Procedimiento especial con plazo de 60 días, con indemnización por daño moral y por vulneración (6 a 11 meses de sueldo).
Paso 4
Audiencias y reparación
Tutela tiene plazos breves. Buscamos sentencia rápida o acuerdo significativo en mediación.
Tribunales y trámites en Concepción
Las denuncias se canalizan primero ante la Inspección del Trabajo o directamente ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción (acción de tutela). El procedimiento de tutela laboral es específico y más rápido que el juicio ordinario. Las medidas cautelares (suspensión de relación laboral) pueden decretarse de inmediato.
Indemnizaciones especiales en tutela laboral
El procedimiento de tutela tiene una indemnización adicional propia: entre 6 y 11 meses de la última remuneración por la vulneración del derecho fundamental, además del daño moral y las indemnizaciones laborales ordinarias si el contrato terminó.
- Indemnización por vulneración: 6 a 11 meses de sueldo.
- Daño moral según gravedad (montos significativos en casos graves).
- Si hay despido: indemnización por años + aviso previo + recargo del 100%.
- Plazo: 60 días hábiles desde la vulneración o despido.
- Procedimiento ágil: 3 a 6 meses promedio.
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Preguntas frecuentes
Acoso Laboral, Sexual y Tutela de Derechos en Concepción
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