Derecho de Familia · Región del Biobío

    Abogado de Pensión de Alimentos en Concepción

    Demandas y cobranza de pensión de alimentos en Concepción, Talcahuano, Hualpén, San Pedro y todo el Gran Concepción. Mediación previa gratuita incluida. 100% online.

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    El Gran Concepción es la segunda área metropolitana del país, con más de 900.000 habitantes distribuidos entre Concepción, Talcahuano, Hualpén, San Pedro de la Paz, Chiguayante, Coronel y otras comunas. Los Tribunales de Familia de Concepción atienden miles de causas de alimentos cada año, con criterios propios para evaluar la capacidad económica del alimentante según los sectores industriales locales: industria, pesca, construcción, comercio y universidades.

    ¿Qué es la pensión de alimentos?

    La pensión de alimentos es la obligación legal de proveer lo necesario para la subsistencia de los hijos (vivienda, salud, educación, alimentación, vestuario y esparcimiento). Está regulada en la Ley 14.908 y se demanda en el Tribunal de Familia. Puede solicitarla la madre, padre o cualquier persona que tenga el cuidado del menor.

    El monto se fija según las necesidades del alimentario y las facultades económicas del alimentante. Para hijos menores de 21 años (o 28 si estudian), el monto mínimo contemplado por la ley 14.908 es el 40% de un Ingreso Mínimo Remuneracional Mensual (sueldo mínimo) para un hijo y de 2 o más hijos del 30% de un Ingreso Mínimo Remuneracional Mensual, por cada uno de ellos. La Ley 21.389 (2021) creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos con fuertes consecuencias por no pagar.

    Casos típicos

    Tipos de casos que tramitamos

    Demanda inicial de pensión

    Fijación de pensión cuando no existe. Procedimiento Ordinario, previa Mediación

    Aumento de pensión

    Cuando aumentan necesidades del hijo (colegio, salud) o ingresos del alimentante. Se prueba con boletas y liquidaciones.

    Rebaja de pensión

    Por baja de ingresos, cesantía, nuevos hijos o problemas de salud del alimentante.

    Cobro de pensiones impagas

    Apremios, retención del 100% del sueldo, arraigo, suspensión de licencia de conducir, registro de deudores.

    Cese de pensión

    Cuando el alimentario cumple 21 años (o 28 estudiando) o se da otra causal legal.

    Pensión entre cónyuges o ex cónyuges

    Pensión compensatoria provisional o definitiva en separación o divorcio.

    Cómo trabajamos

    Cómo tramitamos tu caso

    Paso 1

    Mediación previa obligatoria

    La Mediación es un paso previo exigido por la ley, en Abogado Pro, contamos con los contactos de profesionales que prestan este servicio, para hacer el proceso más expedito.

    Paso 2

    Demanda en Tribunal de Familia

    Si no hay acuerdo, presentamos demanda con todas las pruebas de necesidades e ingresos.

    Paso 3

    Audiencia preparatoria y de juicio

    Te representamos en ambas audiencias. Buscamos sentencia favorable o avenimiento.

    Paso 4

    Cobro y apremios

    Si no pagan, retención del sueldo (Art. 8°), arraigo, registro de deudores, suspensión licencia conducir.

    Tribunales y trámites en Concepción

    Las demandas de alimentos del Gran Concepción se tramitan ante los Tribunales de Familia de Concepción (dos juzgados). La mediación familiar previa es obligatoria y gratuita en Centros de Mediación del Estado. El tribunal puede decretar pensión provisional al inicio del proceso y retener directamente del sueldo del alimentante mediante oficio al empleador.

    Montos, plazos y herramientas de cobro

    El mínimo legal por hijo es el 40% de un Ingreso Mínimo Mensual ($236.000 en 2025, valor referencial). El máximo total que se puede destinar a pensiones no puede exceder el 50% de los ingresos del alimentante. La Ley 21.389 cambió radicalmente el escenario: hoy el deudor moroso ve restringidas operaciones bancarias, salidas del país, acceso a beneficios estatales y muchos otros derechos.

    • Mínimo: 40% del IMM por hijo (regla general).
    • Máximo: 50% de los ingresos totales del alimentante.
    • Retención automática del sueldo en empleadores formales.
    • Registro Nacional de Deudores: limita operaciones bancarias y notariales.
    • Apremios: arraigo nacional, arresto nocturno, suspensión licencia.

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    "Llevaba dos años sin recibir pensión. Con la inscripción en el Registro Nacional de Deudores y la retención de sueldo, empezó a pagar al mes. Recuperé lo adeudado."

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    Preguntas frecuentes

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