Derecho Laboral · Región Metropolitana
Abogado por Accidente del Trabajo en Santiago
Si te accidentaste trabajando en Santiago, tienes derecho a subsidio, atención médica y —si el empleador fue negligente— a demandar indemnización adicional. La Ley 16.744 te protege.
Santiago concentra la mayor cantidad de accidentes del trabajo del país: construcción en altura, obras de metro y vialidad, industria en zonas como Pudahuel, Quilicura y Maipú, y faenas de mantención en edificios y centros comerciales. Cuando la mutual (ACHS, IST, Mutual de Seguridad) cubre el accidente, el empleador queda exento de responsabilidad civil salvo que haya actuado con negligencia grave o dolo. En ese caso, el trabajador puede demandar directamente al empleador por daño moral, lucro cesante y daño emergente.
¿Qué cubre la Ley 16.744 y qué se puede demandar adicionalmente?
La Ley 16.744 establece el seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Te entrega prestaciones médicas, subsidios por incapacidad temporal, indemnizaciones por incapacidades permanentes y pensiones de invalidez o sobrevivencia, todo a través de las mutuales (ACHS, MUTUAL, IST) o ISL.
Adicionalmente, si el accidente o enfermedad ocurrió por culpa o negligencia del empleador (no entregar EPP, falta de capacitación, condiciones inseguras), tienes derecho a demandar por daño moral, lucro cesante y daño emergente. Esto se suma a las prestaciones del seguro social.
Casos típicos
Casos que atendemos
Accidente con incapacidad permanente
Si quedaste con secuelas, demandamos al empleador por daño moral, lucro cesante y daño físico futuro.
Caída desde altura sin medidas de seguridad
Construcción y trabajo en altura sin arnés, andamios defectuosos: responsabilidad clara del empleador.
Enfermedad profesional reconocida
Lumbago crónico, hipoacusia, silicosis, enfermedades de salud mental por trabajo. Tramitamos calificación.
Burnout y depresión laboral
Si la mutual rechaza, apelamos en COMPIN y SUSESO. Hay jurisprudencia que reconoce salud mental.
Accidente de trayecto
Camino directo casa-trabajo o entre dos trabajos. La mutual debe cubrir igual que un accidente del trabajo.
Fallecimiento por accidente laboral
Pensión de sobrevivencia para cónyuge/conviviente civil e hijos + demanda civil contra el empleador.
Cómo trabajamos
Cómo te ayudamos paso a paso
Paso 1
Análisis del DIAT y diagnóstico
Revisamos la Declaración de Accidente del Trabajo, parte médico y calificación de la mutual.
Paso 2
Apelación si la mutual rechaza
Si la mutual califica el accidente como común, apelamos en COMPIN y SUSESO con peritaje médico.
Paso 3
Demanda civil al empleador
Procedimiento de tutela laboral o demanda ordinaria por daño moral, lucro cesante y daño emergente.
Paso 4
Acompañamiento total
Te apoyamos en peritajes, declaraciones y audiencias. No estás solo en este proceso.
Tribunales y trámites en Santiago
Las demandas por accidente del trabajo contra el empleador se tramitan ante los Juzgados de Letras del Trabajo de Santiago. Si la mutual rechaza o limita la cobertura, el reclamo va al COMPIN y luego a los Tribunales de Justicia. Las prestaciones médicas y el subsidio se tramitan directamente ante la mutual adherida del empleador.
Beneficios e indemnizaciones aplicables
El seguro social cubre prestaciones médicas íntegras, subsidio del 100% del sueldo durante incapacidad temporal, e indemnizaciones o pensiones según el grado de incapacidad permanente. La demanda civil al empleador puede llegar a montos significativos por daño moral en casos graves.
- Atención médica 100% gratuita en mutual (ACHS, MUTUAL, IST).
- Subsidio del 100% del sueldo durante reposo (sin tope de duración).
- Indemnización por incapacidad permanente parcial (15%-40%).
- Pensión de invalidez si incapacidad ≥ 40%.
- Demanda civil al empleador: daño moral, lucro cesante, daño emergente.
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