Derecho Laboral · Sector Minero

    Abogado Laboral para Trabajadores Mineros en Chile

    Defendemos los derechos de trabajadores mineros, de contratistas y subcontratistas en todo Chile. Despidos por término de faena, cotizaciones impagas, Ley Bustos, bono de turno y codemanda al mandante. Atención 100% online desde cualquier faena o región.

    Casos que atendemos en el sector minero

    El sector minero tiene particularidades legales que los abogados generalistas no siempre conocen: regímenes especiales de jornada, contratos colectivos, subcontratación multinivel y la exposición constante a despidos al término de obras o faenas.

    Despido injustificado

    Término de obra mal aplicado, Art. 160 sin pruebas, necesidades de la empresa sin justificación real.

    Cotizaciones impagas (Ley Bustos)

    AFP, Isapre/Fonasa y AFC adeudadas por contratistas. Nulidad del despido y remuneraciones hasta regularizar.

    Bono de turno y descansos

    Compensatorios no pagados, bono de régimen especial (4x4, 7x7) omitido en el finiquito.

    Subcontratación y contratistas

    Codemanda al mandante por responsabilidad subsidiaria o solidaria (Ley 20.123).

    Accidentes del trabajo

    Demandas por accidentes en faenas, indemnizaciones civiles y cobertura de la mutualidad.

    Fuero sindical

    Protección de dirigentes y candidatos a dirigente. Nulidad del despido sin desafuero previo.

    La Ley de Subcontratación y tus derechos

    La Ley 20.123 protege a los trabajadores que prestan servicios a través de contratistas y subcontratistas en la industria minera. Esta ley establece que la empresa principal (la minera) es responsable subsidiaria por el pago de salarios, cotizaciones e indemnizaciones que incumpla el contratista — y puede ser responsable solidaria si no ejerció la fiscalización que la ley le exige.

    Esto significa que, aunque tu contrato sea con una empresa contratista o subcontratista, puedes codemandara la minera principal si el contratista no paga. Es una herramienta clave cuando el contratista tiene problemas financieros, ha cerrado o simplemente no tiene patrimonio para responder.

    En AbogadoPro conocemos en detalle cómo se aplica esta ley en cada región minera del país y qué prueba se necesita para acreditar la responsabilidad del mandante. La primera evaluación de tu caso es gratuita por WhatsApp.

    Regiones mineras donde atendemos

    Trabajamos 100% online. Atendemos trabajadores mineros en todo Chile sin importar en qué faena o ciudad se encuentren.

    Región de Antofagasta

    Calama, Mejillones, Sierra Gorda, Tocopilla

    Región de Atacama

    Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Chañaral

    Región de Tarapacá

    Iquique, Alto Hospicio, Pozo Almonte

    Región de Coquimbo

    La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle

    Región Metropolitana

    Santiago, Providencia, casa matriz de mineras

    Región de O'Higgins

    Rancagua, Machali (El Teniente)

    Región del Maule

    Talca, Linares

    Resto de Chile

    Atención 100% online a todo el país

    Preguntas frecuentes — Abogado Laboral Minería

    ¿Qué derechos laborales tienen los trabajadores mineros en Chile?
    Los trabajadores mineros tienen todos los derechos del Código del Trabajo más protecciones adicionales: régimen especial de jornada (4x4, 7x7, etc.), descansos compensatorios pagados, bono de turno y, en muchos contratos colectivos, indemnizaciones superiores al mínimo legal. Además, la Ley 20.123 de subcontratación les da protección frente al empleador principal (la minera) aunque trabajen para una contratista.
    ¿Puedo demandar a la minera principal si trabajo para una contratista?
    Sí. La Ley 20.123 establece que la empresa principal (la minera) responde subsidiariamente por las obligaciones laborales y previsionales que incumpla el contratista, si no fiscalizó correctamente. Si la minera ejerció control directo sobre tu trabajo, puede responder de forma solidaria. Esto protege tu pago incluso si el contratista cierra o no tiene patrimonio.
    ¿Qué pasa si me despiden al término de una obra o faena?
    El 'término de obra o faena' (Art. 159 N°5) es una causal legítima si corresponde al fin real de esa faena. Sin embargo, muchas empresas la usan de forma indebida cuando el trabajador sigue siendo necesario o cuando otras causales encubrirían un despido injustificado. Si la causal fue aplicada incorrectamente, puedes demandar y obtener indemnización por años de servicio más recargos.
    ¿Qué ocurre con el bono de turno y los descansos si no me los pagan?
    El bono de turno y los descansos compensatorios no pagados constituyen remuneraciones adeudadas. Puedes reclamarlos en la Inspección del Trabajo o demandar directamente en el Juzgado de Letras del Trabajo. Si además hay cotizaciones impagas sobre esos montos, aplica la Ley Bustos, que puede nulificar tu despido y obligar al empleador a seguir pagando remuneraciones hasta regularizar.
    ¿Qué es la Ley Bustos y cómo aplica en la minería?
    La Ley Bustos (Ley 19.631, Art. 162 inc. 5° del Código del Trabajo) establece que si te despiden con cotizaciones de AFP, salud o AFC impagas, el despido es nulo y el empleador debe pagarte todas las remuneraciones desde el despido hasta que regularice las cotizaciones. En la minería es especialmente útil porque los contratistas acumulan frecuentemente deuda previsional en periodos de baja actividad.
    ¿Tienen fuero los dirigentes sindicales en empresas mineras?
    Sí. Los dirigentes sindicales gozan de fuero laboral: no pueden ser despedidos sin autorización judicial previa (desafuero). El fuero comienza desde que se presenta la candidatura y dura hasta 6 meses después del término del cargo. Si te despiden sin desafuero previo, el despido es nulo y debes ser reintegrado o compensado.
    ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si me despidieron?
    Tienes 60 días hábiles desde el despido para presentar reclamo en la Inspección del Trabajo o demandar directamente en el Juzgado de Letras del Trabajo competente (según la región donde trabajabas). Para cotizaciones impagas, el plazo general es de 2 años. No esperes: consulta de inmediato para no perder ninguna acción.
    ¿Atienden trabajadores de faenas en regiones como Atacama, Antofagasta o Tarapacá?
    Sí. Trabajamos 100% online en todo Chile. Atendemos trabajadores de faenas mineras en la Región de Antofagasta (Calama, Mejillones, Sierra Gorda), Región de Atacama (Copiapó, Tierra Amarilla), Región de Tarapacá (Iquique, Alto Hospicio) y todas las regiones mineras del país. La mayoría de los trámites se hacen por videoconferencia y firma digital.

    Confianza

    Por qué nuestros clientes nos recomiendan

    +500

    Casos resueltos

    +10

    Años de experiencia

    24h

    Respuesta promedio

    100%

    Online en todo Chile

    "Me despidieron por necesidades de la empresa después de 6 años. Logramos indemnización completa más recargo del 30%. Todo el proceso fue 100% online, sin tener que viajar."

    M.R.

    M.R. · Santiago

    Despido injustificado · Marzo 2024

    "Divorcio de mutuo acuerdo aprobado en 3 meses. El acuerdo regulador quedó completo, sin reposiciones del juzgado. Comunicación constante por WhatsApp con mi abogada."

    C.A.

    C.A. · Santiago

    Divorcio mutuo acuerdo · Mayo 2024

    "Posesión efectiva de mi padre lista en 45 días. La inscripción en el Conservador quedó perfecta y pude vender la propiedad sin problemas. Trámite 100% online."

    P.M.

    P.M. · Concepción

    Posesión efectiva · Junio 2024

    Si no recuperas, no pagas (en despidos y cobros)

    Honorarios fijos acordados antes de empezar

    100% online: firma digital y videollamadas

    Atención por abogado responsable, no call center

    ¿Trabajas en minería y tienes un problema laboral?

    Evaluamos tu caso gratis y te explicamos tus opciones. Sin compromiso.

    Consulta gratuita por WhatsApp
    Consulta gratisRespondemos hoy