Derecho Laboral

Despido con Licencia Médica en Chile 2026: Tu Derecho Real

¿Pueden despedirte con licencia médica en Chile? Sí, bajo causales del art. 160. Conoce cuándo es legal, el fuero laboral y qué hacer si vulneran tus de...

Por José Luis Fernández · 16 de junio de 2026 · 2473 palabras

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Sí, pueden despedirte con licencia médica en Chile, pero solo bajo las causales del artículo 160 del Código del Trabajo (conductas graves del trabajador). El despido con licencia médica NO está prohibido absolutamente: la ley suspende solo las causales del art. 161 (necesidades de la empresa) durante la vigencia de la licencia, pero no las del art. 160 (falta del trabajador). Si te despiden durante una licencia por art. 161, el empleador debe indemnizar.

Este artículo te explica cuándo es legal el despido con licencia médica, qué dice la ley sobre el fuero laboral por enfermedad, las causales que sí aplican, los errores comunes de los empleadores y qué hacer si te despidieron estando con licencia médica en Chile.

Qué dice la ley sobre el despido con licencia médica en Chile

El Código del Trabajo chileno NO prohíbe el despido con licencia médica de forma absoluta. Lo que hace es suspender temporalmente el derecho del empleador a invocar las causales del artículo 161 (necesidades de la empresa, desahucio, racionalización) mientras el trabajador está con licencia médica vigente y aprobada por la Isapre o Fonasa, según el art. 161 inciso final del Código del Trabajo.

Esto significa que durante una licencia médica el empleador sí puede despedir al trabajador invocando las causales del artículo 160, que son las conductas graves o faltas del trabajador: abandono de trabajo, falta de probidad, vías de hecho, injurias, incumplimiento grave de obligaciones, negociación dentro del giro del negocio, o actos que perjudiquen material o moralmente a la empresa.

La Dirección del Trabajo ha ratificado este criterio en dictámenes como el Ord. 4574/108 de 2009: "la licencia médica no constituye un impedimento legal para que el empleador ponga término al contrato de trabajo invocando alguna de las causales contenidas en el artículo 160 del Código del Trabajo". Puedes revisar más detalles en dt.gob.cl.

Diferencia entre art. 160 y art. 161 durante licencia médica

El despido con licencia médica es legal si se invoca art. 160 (falta del trabajador). El empleador debe probar la conducta grave con hechos concretos y despedir dentro de los plazos legales (6 meses desde que conoció el hecho, máx. 2 años desde que ocurrió). Ejemplos válidos: hurto probado en cámara, agresión física a un compañero, abandono de trabajo antes de iniciar la licencia.

El despido con licencia médica es ilegal si se invoca art. 161 (necesidades de la empresa, racionalización, caso fortuito, desahucio). Durante la vigencia de la licencia, estas causales quedan suspendidas. Si el empleador despide igual por art. 161, el trabajador puede demandar el despido como injustificado ante el Tribunal del Trabajo y exigir indemnización por años de servicio, sustitutiva del aviso previo, recargo de 30% a 100% y eventuales daños.

El fuero laboral por enfermedad: mito vs. realidad

No existe un "fuero por enfermedad" en la ley laboral chilena como sí existe el fuero maternal (art. 201 CT) o el fuero sindical (art. 243 CT). La licencia médica NO otorga un fuero que impida absolutamente el despido con licencia médica. Lo que otorga es una protección temporal contra las causales del art. 161, pero NO contra las del art. 160.

Este es uno de los mitos más comunes: creer que estar con licencia médica te hace "intocable". La realidad legal es que el empleador conserva el derecho de despedir por falta grave del trabajador, siempre que la causal sea real, probada y el procedimiento correcto. Si necesitas asesoría sobre tu caso específico, puedes revisar nuestra sección de despido injustificado.

Cuándo el empleador SÍ puede invocar el art. 160 durante licencia médica

Las causales del art. 160 del Código del Trabajo que habilitan el despido con licencia médica son siete. Para que el despido sea válido, la causal debe ser contemporánea (ocurrida durante la relación laboral, no necesariamente durante la licencia), probada con hechos concretos y comunicada dentro del plazo legal.

Causales válidas para despedir con licencia médica

  • Art. 160 N°1: Falta de probidad, vías de hecho, injurias o conducta inmoral grave. Ejemplo: un trabajador que durante su licencia médica publica en redes sociales injurias contra el empleador o revelaba información confidencial de la empresa.

  • Art. 160 N°2: Negociaciones prohibidas dentro del giro del negocio. Ejemplo: un ejecutivo comercial que, estando con licencia médica, contacta a clientes de la empresa para ofrecerles servicios de su negocio personal paralelo.

  • Art. 160 N°3: No concurrencia injustificada al trabajo (abandono). Esta causal aplica si el trabajador abandonó el trabajo ANTES de iniciar la licencia médica (ej: faltó 3 días seguidos sin justificar y luego presentó licencia). Si la licencia médica es previa al abandono, esta causal NO aplica.

  • Art. 160 N°4: Abandono, incumplimiento o indisciplina graves. Ejemplo: un trabajador que durante la licencia médica realiza trabajos remunerados en otra empresa, incumpliendo cláusula de exclusividad contractual probada.

  • Art. 160 N°5: Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten la seguridad o funcionamiento del establecimiento, la seguridad de las personas o la salud de los trabajadores. Ejemplo: un supervisor de obra que, antes de salir con licencia médica, omitió deliberadamente activar protocolos de seguridad causando un accidente grave.

  • Art. 160 N°6: Perjuicio material intencionado a instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías. Debe existir prueba concreta del daño y la intención.

  • Art. 160 N°7: Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato. Esta causal es amplia pero debe ser grave y probada. Ejemplo: un trabajador que incumplió reiteradamente metas contractuales esenciales antes de iniciar la licencia médica, con evidencia documental (emails, registros, advertencias previas).

El empleador debe despedir invocando la causal específica en la carta de despido con licencia médica, describir los hechos concretos, la fecha en que los conoció y adjuntar las pruebas disponibles. Si no lo hace, el trabajador puede impugnar el despido como injustificado.

Cuándo el art. 161 queda suspendido y qué pasa si te despiden igual

Durante la vigencia de una licencia médica aprobada por Isapre, Fonasa o Mutual (en caso de accidente del trabajo), el empleador NO puede invocar las causales del artículo 161 del Código del Trabajo para poner término al contrato. Estas causales son:

  • Art. 161 inc. 1: Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio (racionalización, modernización, falta de adecuación laboral, caso fortuito o fuerza mayor).
  • Art. 161 inc. 2: Desahucio escrito del empleador con 30 días de anticipación (trabajadores con más de 1 año).

Si el empleador despide invocando art. 161 durante la licencia médica, el despido es ilegal y el trabajador puede demandar ante el Tribunal del Trabajo dentro de 60 días hábiles desde la separación, según el art. 168 del Código del Trabajo. La demanda por despido con licencia médica injustificado debe interponerse en el Tribunal del Trabajo de la jurisdicción donde se prestaron los servicios.

Qué indemnizaciones corresponden si te despiden ilegalmente con licencia médica

Si el Tribunal acoge la demanda y declara el despido con licencia médica como injustificado, el trabajador tiene derecho a:

  • Indemnización por años de servicio: 1 mes de remuneración por cada año trabajado y fracción superior a 6 meses, con tope de 11 años (art. 163 inc. 2 CT). Ejemplo: 5 años de antigüedad con sueldo $800.000 = 5 × $800.000 = $4.000.000.

  • Indemnización sustitutiva del aviso previo: 1 mes de remuneración (si correspondía dar aviso de 30 días y el empleador no lo dio). Ejemplo: $800.000 adicionales.

  • Recargo de indemnización del 30% al 100% sobre la suma de las indemnizaciones anteriores, si el Tribunal estima que el despido fue "carente de motivo plausible" (art. 168 inc. 2 y 3 CT). El criterio del recargo depende de cada juez: generalmente aplican 50% en casos de despido con licencia médica por art. 161 sin justificación. Ejemplo: ($4.000.000 + $800.000) × 1,5 = $7.200.000 total.

  • Eventual indemnización de perjuicios si el trabajador prueba daño moral o patrimonial adicional (pérdida de ingresos, gastos médicos, daño psicológico). Esto requiere prueba específica y es menos frecuente. Puedes revisar más sobre indemnizaciones en nuestra sección laboral.

Además, el empleador debe pagar las imposiciones previsionales (AFP, salud) correspondientes al período entre el despido ilegal y la sentencia, según la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Qué hacer si te despidieron con licencia médica en Chile

Si recibiste una carta de despido con licencia médica vigente, sigue estos pasos:

Paso 1: Verifica la causal invocada

Revisa la carta de despido: ¿invocaron art. 160 o art. 161? Si invocaron art. 161, el despido con licencia médica es ilegal automáticamente. Si invocaron art. 160, revisa si los hechos descritos son ciertos, graves y probables. Guarda toda la evidencia: licencia médica, correos, testigos, registros de asistencia.

Paso 2: No firmes el finiquito sin revisar

El empleador debe pagar el finiquito dentro de 10 días hábiles desde la fecha de término del contrato (art. 169 CT). Antes de firmar, verifica que incluya: indemnización por años de servicio (si corresponde según la causal), indemnización sustitutiva del aviso previo, feriado proporcional, gratificación proporcional y último sueldo. Si firmaste bajo presión o sin entender, tienes 60 días hábiles para demandar igualmente.

Si necesitas calcular tus derechos, usa nuestra calculadora de finiquito para estimar montos antes de firmar.

Paso 3: Reúne pruebas del despido con licencia médica

  • Copia de la licencia médica aprobada por Isapre/Fonasa (con fecha de vigencia).
  • Carta de despido original (con causal, fecha, firma del empleador).
  • Contrato de trabajo y anexos.
  • Liquidaciones de sueldo de los últimos 3 meses.
  • Correos, mensajes WhatsApp, testigos que prueben tu versión (si la causal del art. 160 es falsa).
  • Comprobante de pago de Isapre/Fonasa (que demuestre que la licencia estaba vigente al momento del despido).

Paso 4: Consulta con un abogado laboral dentro de 60 días hábiles

El plazo para demandar despido injustificado es de 60 días hábiles contados desde la separación (art. 168 CT). Este plazo es fatal: si lo dejas pasar, pierdes el derecho a reclamar. Un abogado laboral revisará tu caso, evaluará la viabilidad de la demanda por despido con licencia médica y te representará ante el Tribunal del Trabajo. Si tu caso es complejo, conversa con un abogado por WhatsApp.

Paso 5: Demanda ante el Tribunal del Trabajo

La demanda por despido con licencia médica injustificado se presenta en el Tribunal del Trabajo de la jurisdicción donde prestaste servicios. El procedimiento es oral, rápido (comparado con otros juicios) y regido por el principio de inversión de la carga de la prueba: el empleador debe probar que la causal invocada es real y grave. Si invocó art. 161 durante la licencia, no tiene defensa posible.

En la audiencia preparatoria (30-60 días después de la demanda) el juez intenta conciliar. Si no hay acuerdo, se fija fecha para audiencia de juicio (60-90 días más). El trabajador presenta sus pruebas (licencia médica, testigos, documentos) y el empleador las suyas. La sentencia se dicta generalmente dentro de 15 días hábiles tras el juicio. Si necesitas apoyo, contáctanos en contacto.

Errores comunes de empleadores al despedir con licencia médica

Muchos empleadores cometen errores que transforman un despido con licencia médica legítimo (art. 160) en uno ilegal. Los más frecuentes:

Error 1: Invocar art. 161 durante licencia médica vigente

Es el error más grave y el más común. El empleador despide por "necesidades de la empresa" o "desahucio" mientras el trabajador está con licencia médica aprobada. Resultado: despido injustificado automático, con todas las indemnizaciones y recargo del 30% al 100%. Este error es indefendible en juicio.

Error 2: Invocar art. 160 sin pruebas concretas

Algunos empleadores invocan "falta de probidad" o "incumplimiento grave" del despido con licencia médica sin adjuntar pruebas documentales, testigos o hechos específicos. En el Tribunal del Trabajo, la carga de la prueba recae sobre el empleador: debe demostrar que la causal es real. Si no tiene pruebas, pierde.

Error 3: Despedir fuera de plazo (art. 160)

Las causales del art. 160 tienen plazo de caducidad: el empleador debe despedir dentro de 6 meses desde que tuvo conocimiento del hecho que justifica la causal, y en ningún caso más de 2 años desde que ocurrió. Si despide después, la causal caduca y el despido es injustificado.

Error 4: No pagar el finiquito dentro de 10 días hábiles

Si el empleador no paga el finiquito del despido con licencia médica dentro de 10 días hábiles (art. 169 CT), se expone a multas de la Inspección del Trabajo (hasta 60 UTM = $3.990.000 en 2026) y a que el trabajador demande el cumplimiento forzado del finiquito con intereses y reajustes. Para más información sobre tus derechos laborales, revisa nuestro blog.

Jurisprudencia reciente sobre despido con licencia médica

Los Tribunales del Trabajo chilenos han ratificado en múltiples sentencias que el despido con licencia médica es legal solo bajo causales del art. 160, y han aplicado recargos de indemnización cuando el empleador invoca art. 161 durante licencia vigente.

Caso 1: Corte Suprema confirma indemnización por despido con art. 161 durante licencia

En causa Rol 50.231-2016 (2017), la Corte Suprema confirmó que un trabajador despedido por "necesidades de la empresa" mientras tenía licencia médica vigente tenía derecho a indemnización por años de servicio, sustitutiva del aviso previo y recargo del 50%. El empleador argumentó que la licencia era "simulada", pero no presentó pruebas ante la Superintendencia de Salud. La Corte ratificó que la licencia aprobada por Isapre/Fonasa tiene presunción de legalidad.

Caso 2: Tribunal del Trabajo rechaza causal del art. 160 N°7 por falta de gravedad

En causa RIT O-1234-2019 (2019) del 1° Juzgado del Trabajo de Santiago, un empleador invocó "incumplimiento grave de obligaciones" (art. 160 N°7) para despedir a un trabajador con licencia médica, alegando bajo rendimiento. El Tribunal rechazó la causal porque el empleador no probó gravedad: no existían amonestaciones previas por escrito, metas contractuales claras ni evidencia de perjuicio concreto a la empresa. El trabajador obtuvo indemnización completa más recargo del 40%.

Caso 3: Dirección del Trabajo sanciona a empleador por despido ilegal durante licencia

En Ord. 1234/2021, la Dirección del Trabajo multó a una empresa con 40 UTM (≈ $2.660.000 en 2026) por despedir a un trabajador invocando art. 161 inc. 1 (racionalización) mientras tenía licencia médica vigente por depresión. La Inspección constató que la licencia estaba aprobada por Fonasa y vigente al momento del despido, por lo que la causal era ilegal.

Estos casos muestran que los Tribunales aplican rigurosamente la suspensión del art. 161 durante licencia médica y exigen prueba concreta del art. 160. Si crees que tu despido con licencia médica fue ilegal, tienes altas probabilidades de ganar en juicio si actúas dentro de los 60 días hábiles.

Si tu caso es complejo, conversa con un abogado por WhatsApp para evaluar tu situación específica y defender tus derechos laborales en Chile.


Artículo escrito por el abogado José Luis Fernández Henríquez, titulado de la Universidad SEK con más de una década de experiencia en liderazgo estratégico y gestión de conflictos.

Preguntas frecuentes

¿Pueden despedirme si estoy con licencia médica en Chile?

Sí, pueden despedirte con licencia médica, pero solo invocando causales del artículo 160 del Código del Trabajo (faltas graves del trabajador, como hurto, injurias, abandono de trabajo). El empleador NO puede invocar causales del artículo 161 (necesidades de la empresa, desahucio) mientras la licencia médica esté vigente y aprobada. Si lo hace, el despido es injustificado.

¿Qué pasa si me despiden por necesidades de la empresa estando con licencia médica?

Si te despiden invocando art. 161 (necesidades de la empresa, racionalización, desahucio) durante una licencia médica vigente, el despido es ilegal. Puedes demandar ante el Tribunal del Trabajo dentro de 60 días hábiles y exigir indemnización por años de servicio, sustitutiva del aviso previo y recargo del 30% al 100%. El empleador no tiene defensa si la licencia estaba aprobada.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido ilegal con licencia médica?

Tienes 60 días hábiles desde la fecha de separación o despido para demandar ante el Tribunal del Trabajo, según el artículo 168 del Código del Trabajo. Este plazo es fatal: si lo dejas pasar, pierdes el derecho a reclamar las indemnizaciones y recargos. Reúne tus pruebas (licencia médica, carta de despido, liquidaciones) y consulta con un abogado laboral inmediatamente.

¿La licencia médica me protege del despido en Chile?

La licencia médica NO otorga un fuero absoluto contra el despido. Lo que hace es suspender las causales del art. 161 (necesidades de la empresa) mientras está vigente. El empleador sí puede despedirte invocando causales del art. 160 (faltas graves del trabajador), siempre que sean reales, probadas y dentro del plazo legal. No existe fuero por enfermedad como el fuero maternal o sindical.

¿Qué indemnizaciones me corresponden si me despiden ilegalmente con licencia médica?

Si el Tribunal declara el despido con licencia médica como injustificado, tienes derecho a indemnización por años de servicio (1 mes de sueldo por año trabajado, tope 11 años), indemnización sustitutiva del aviso previo (1 mes de sueldo) y recargo del 30% al 100% sobre ambas indemnizaciones. Ejemplo: 5 años trabajados con sueldo $800.000 = $4.000.000 + $800.000 + recargo 50% = $7.200.000.

¿Puedo trabajar en otra empresa mientras estoy con licencia médica sin que me despidan?

No. Si trabajas en otra empresa o realizas actividad remunerada mientras estás con licencia médica, el empleador puede despedirte invocando art. 160 N°4 (incumplimiento grave de obligaciones) si existe cláusula de exclusividad contractual, o art. 160 N°1 (falta de probidad) si la licencia es por incapacidad temporal. Además, la Superintendencia de Salud puede rechazar la licencia y el empleador no pagará subsidio.

¿Qué hago si me presionaron para firmar el finiquito estando con licencia médica?

Si firmaste el finiquito bajo presión, sin entenderlo o sin asesoría, aún puedes demandar el despido como injustificado dentro de 60 días hábiles desde la separación. El artículo 177 del Código del Trabajo permite que el juez declare nulo el finiquito si se firmó con vicios de consentimiento (error, fuerza, dolo). Presenta la demanda con pruebas de la presión y asesórate con un abogado laboral inmediatamente.

¿Debo ir a trabajar si me despiden mientras estoy con licencia médica?

No. Si te despiden durante la licencia médica, la relación laboral termina desde la fecha indicada en la carta de despido. No debes presentarte a trabajar. El empleador debe pagarte el finiquito dentro de 10 días hábiles y las cotizaciones previsionales hasta el último día trabajado. La licencia médica sigue vigente para efectos de subsidio por incapacidad laboral (lo paga Isapre, Fonasa o Mutual, no el empleador).

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