Derecho Sucesorio · Departamento de Sucesiones

    Posesión Efectiva Intestada en Chile 2026

    El trámite administrativo gratuito ante el Registro Civil cuando el fallecido no dejó testamento. Demora 15 a 30 días si los documentos están completos. Tramitamos 100% online en todo Chile.

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    ¿Qué es la posesión efectiva intestada?

    La posesión efectiva intestada es el trámite administrativo ante el Registro Civil mediante el cual el Estado reconoce oficialmente quiénes son los herederos de una persona fallecida en Chile cuando no dejó testamento. Es el caso más frecuente: más del 90% de las herencias en Chile son intestadas.

    Sin testamento, el orden de herederos lo determina la ley (Código Civil, Arts. 988–995): primero hijos y cónyuge o conviviente civil, luego padres y demás ascendientes, luego hermanos, y así sucesivamente. El Registro Civil dicta una resolución oficial que incluye a todos los herederos que correspondan por ley.

    Sin la posesión efectiva, ningún banco, notaría ni Conservador de Bienes Raíces permite disponer de los bienes del fallecido: no se pueden vender propiedades, retirar fondos bancarios, transferir vehículos ni cobrar seguros de vida que hayan pasado al acervo hereditario.

    15–30 días
    Plazo resolución
    si documentos completos
    Gratuito
    Costo trámite RC
    para herencias intestadas
    4 máx.
    Inscripciones CBR
    solo si hay inmuebles

    Paso a paso de la posesión efectiva intestada

    1

    Reunir documentos

    Certificado de defunción, nacimientos de herederos, rol SII de inmuebles, saldos bancarios, padrón de vehículos.

    2

    Solicitud en Registro Civil

    Presentación online en registrocivil.cl con ClaveÚnica o en cualquier oficina del Registro Civil a nivel nacional.

    3

    Resolución (15–30 días)

    El Registro Civil dicta la resolución oficial reconociendo a todos los herederos y el inventario de bienes.

    4

    Inscripciones CBR (si hay inmuebles)

    Hasta 4 inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces para habilitar la venta o gravamen de propiedades heredadas.

    ¿Quién hereda sin testamento? Órdenes sucesorios legales

    OrdenHerederosCondiciónArt. CC
    1.°Hijos y cónyuge/conviviente civilExcluye todos los órdenes siguientesArt. 988
    2.°Padres/ascendientes + cónyuge (sin hijos)Solo sin descendientesArt. 989
    3.°Hermanos (carnales o medios hermanos)Sin ascendientes ni cónyuge sobrevivienteArt. 990
    4.°Colaterales hasta 6.° grado (tíos, primos...)Sin hermanosArt. 992
    5.°El Fisco (Estado de Chile)Herencia vacante — ningún orden anteriorArt. 995

    Impuesto a la herencia: exento hasta 50 UTA/heredero directo (~$42.900.000 en 2026).

    Plazo declarar impuesto SII: 2 años desde fallecimiento — multa 1,5%/mes por mora.

    CBR: 4 inscripciones obligatorias cuando hay inmuebles (sin ellas no se puede vender).

    Heredero que no coopera: igual se incluye en la resolución — luego puede impugnar.

    Preguntas frecuentes: posesión efectiva intestada

    ¿Qué es la posesión efectiva intestada?

    La posesión efectiva intestada es el trámite administrativo ante el Registro Civil que reconoce oficialmente quiénes son los herederos cuando el fallecido no dejó testamento. Es el más frecuente en Chile. Sin testamento, la ley establece el orden de herederos (cónyuge, hijos, padres, hermanos, etc.) según el Código Civil, Arts. 988 a 995. El trámite es gratuito cuando no hay bienes raíces de alto valor y demora 15 a 30 días si los documentos están completos.

    ¿Cuánto demora la posesión efectiva intestada en el Registro Civil?

    El Registro Civil dicta la resolución en 15 a 30 días hábiles si los documentos están completos. Si hay documentos faltantes o errores, el plazo se extiende. Con bienes raíces, hay que sumar 5 a 10 días hábiles por cada inscripción adicional en el Conservador de Bienes Raíces. El proceso completo — desde los documentos hasta poder vender un inmueble — suele tomar 2 a 3 meses en casos sin conflictos.

    ¿Cuánto cuesta la posesión efectiva intestada?

    El trámite en el Registro Civil es gratuito para la mayoría de los casos. Los costos asociados son: (1) las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces ($50.000–$300.000 por inscripción si hay inmuebles); (2) el impuesto a la herencia si el patrimonio supera los tramos exentos (50 UTA por heredero directo = ~$42.900.000 en 2026); (3) los honorarios de abogado si se contrata asesoría (desde $250.000 en casos simples en AbogadoPro).

    ¿Quién puede iniciar la posesión efectiva intestada?

    Cualquiera de los herederos puede iniciarla sin que los demás firmen o consientan. La solicitud en el Registro Civil la hace un solo heredero y la resolución incluye automáticamente a todos los herederos que correspondan por ley, cooperen o no. La excepción: para vender o gravar bienes después, sí se requiere acuerdo de todos los herederos o una partición judicial.

    ¿Cuáles son los documentos necesarios para la posesión efectiva intestada?

    Documentos del fallecido: certificado de defunción, certificado de matrimonio si era casado. Documentos de los herederos: certificados de nacimiento de cada heredero que acrediten el vínculo familiar, cédulas de identidad. Si hay bienes raíces: número de rol SII de cada propiedad y nombre del Conservador de Bienes Raíces donde están inscritas. Saldos bancarios, padrón de vehículos y certificados AFP completan el inventario.

    ¿Se puede hacer la posesión efectiva intestada sin ir al Registro Civil presencialmente?

    Sí. El Registro Civil tiene un sistema online en registrocivil.cl donde se puede presentar la solicitud con ClaveÚnica. También acepta presentación en cualquier oficina del Registro Civil a nivel nacional. Con abogado, en AbogadoPro gestionamos toda la documentación y la solicitud por ti — no necesitas desplazarte.

    ¿Qué son las 4 inscripciones del Conservador de Bienes Raíces y cuándo se necesitan?

    Solo cuando hay inmuebles en la herencia. Las inscripciones son: (1) inscripción de la resolución de posesión efectiva — reconoce a los herederos; (2) inscripción del inventario solemne — lista los bienes con tasación SII; (3) inscripción especial de herencia — transfiere el dominio a los herederos en cuotas y habilita para vender; (4) inscripción del acto de adjudicación — solo si hay partición formal entre herederos. Sin las inscripciones 1, 2 y 3, los herederos no pueden vender ni hipotecar los inmuebles.

    ¿Qué diferencia hay entre posesión efectiva intestada y testada?

    La intestada (sin testamento) es un trámite administrativo ante el Registro Civil: gratuito, demora 15–30 días, no requiere abogado obligatoriamente. La testada (con testamento) es un trámite judicial ante el Juzgado Civil del último domicilio del fallecido: requiere abogado, demora 3 a 6 meses y tiene costos legales y judiciales adicionales. En AbogadoPro tramitamos ambas.

    Un heredero no quiere cooperar. ¿Puedo tramitar igual la posesión efectiva intestada?

    Sí. La posesión efectiva intestada se puede iniciar y completar aunque un heredero no coopere — no necesita su firma ni su presencia. El Registro Civil incluirá en la resolución a todos los herederos que correspondan por ley. El problema aparece después: para vender un inmueble heredado se necesita el acuerdo de todos los herederos o, en su defecto, una partición judicial ante árbitro de derecho.

    ¿Qué pasa con los fondos AFP, seguros de vida y cuentas bancarias en la herencia intestada?

    Los fondos AFP que reciben beneficiarios de pensión de sobrevivencia están exentos del trámite de posesión efectiva — se tramitan directamente en la AFP. Los seguros de vida con beneficiario designado también van directo. Las cuentas bancarias sí requieren la posesión efectiva: los bancos las bloquean al fallecer el titular y solo las liberan al presentar la resolución del Registro Civil.

    ¿Hay testamento? El trámite es distinto

    Intestada (esta página)

    • • Sin testamento
    • • Trámite administrativo ante Registro Civil
    • • Gratuito
    • • 15 a 30 días
    • • No requiere abogado (aunque se recomienda con inmuebles)

    Testada (con testamento)

    • • Con testamento
    • • Trámite judicial ante Tribunal Civil
    • • Costos legales y judiciales
    • • 3 a 6 meses
    • • Requiere abogado habilitado
    Ver guía de posesión efectiva testada →

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