Derecho Sucesorio
Herencia sin Testamento Chile 2026: Quién Hereda y Orden
Descubre quién hereda sin testamento en Chile según el art. 988 del Código Civil: orden de sucesión intestada, derechos de hijos, cónyuge y ascendientes.
Por José Luis Fernández · 16 de junio de 2026 · 1943 palabras
Cuando una persona fallece sin dejar testamento en Chile, la herencia sin testamento chile se distribuye según las reglas de sucesión intestada establecidas en los artículos 988 al 995 del Código Civil. El primer orden de sucesión corresponde a los hijos y al cónyuge sobreviviente, quienes se reparten la totalidad de la herencia en partes iguales. Si no existen descendientes, heredan los ascendientes junto con el cónyuge, y así sucesivamente según un orden legal estricto que protege a la familia del causante.
En este artículo aprenderás exactamente quién hereda cuando no hay testamento, en qué orden legal se distribuyen los bienes, cómo se calculan las cuotas de cada heredero, qué pasa si no hay familiares directos, y cómo iniciar el trámite de posesión efectiva intestada ante el Registro Civil o el tribunal competente.
Qué dice la ley sobre herencia sin testamento chile
La herencia sin testamento chile se rige por las normas de sucesión intestada del Libro III del Código Civil, específicamente los artículos 980 al 998. Cuando no existe testamento válido, la ley establece un orden de prelación entre los herederos legales que determina quién tiene derecho a recibir los bienes del causante y en qué proporción.
Según el art. 988 del Código Civil chileno, existen exactamente cinco órdenes de sucesión que operan de forma excluyente: si hay herederos de un orden superior, los del orden inferior quedan excluidos automáticamente. Esta jerarquía legal busca proteger principalmente a los descendientes directos y al cónyuge sobreviviente del fallecido.
La sucesión intestada se aplica en tres situaciones principales: cuando el causante no otorgó testamento, cuando el testamento fue declarado nulo o inválido, o cuando el testamento no dispuso de la totalidad de sus bienes. En este último caso, la herencia sin testamento chile opera solo sobre la parte no asignada en el documento.
Órdenes de sucesión según el Código Civil
El primer orden de sucesión corresponde exclusivamente a los hijos del causante y su cónyuge sobreviviente, según el art. 988 del Código Civil. Los hijos heredan en partes iguales, y el cónyuge recibe una porción equivalente al doble de lo que corresponde a cada hijo (si hay un solo hijo, se reparte por mitades). Esta regla aplica tanto a hijos biológicos como adoptivos, sin distinción alguna.
El segundo orden opera cuando no hay hijos ni descendientes: heredan los ascendientes del causante (padres, abuelos) junto con el cónyuge sobreviviente. El cónyuge recibe el doble de lo que corresponde a cada ascendiente del grado más próximo. Si solo hay ascendientes de un mismo grado (por ejemplo, ambos padres vivos), se reparten la herencia en partes iguales con el cónyuge.
El tercer orden corresponde a los hermanos del causante, cuando no existen descendientes, ascendientes ni cónyuge sobreviviente. Los hermanos de doble conjunción (mismos padre y madre) llevan el doble que los hermanos de simple conjunción (un solo progenitor común), según el art. 990 del Código Civil.
El cuarto orden incluye a los colaterales hasta el sexto grado (tíos, sobrinos, primos), siguiendo las reglas de proximidad establecidas en el art. 992. Finalmente, el quinto orden corresponde al Fisco de Chile, que hereda cuando no existen parientes dentro de los grados contemplados por la ley.
Derechos del cónyuge sobreviviente en herencia sin testamento chile
El cónyuge sobreviviente ocupa una posición privilegiada en la herencia sin testamento chile, participando tanto en el primer como en el segundo orden de sucesión. Su cuota depende de con quiénes concurra: si hereda junto con hijos, recibe una porción equivalente al doble de lo que corresponde a cada hijo.
Es importante destacar que el conviviente civil tiene los mismos derechos que el cónyuge desde la entrada en vigencia de la Ley 20.830, siempre que el Acuerdo de Unión Civil esté vigente al momento del fallecimiento. En cambio, los convivientes de hecho (parejas sin vínculo legal) NO tienen derecho alguno en la sucesión intestada.
Si el cónyuge estaba divorciado o separado judicialmente al momento del fallecimiento, pierde todo derecho hereditario sobre los bienes del causante. La simple separación de hecho sin decreto judicial NO anula sus derechos sucesorios.
Cómo se distribuye la herencia sin testamento en la práctica
La distribución práctica de la herencia sin testamento chile requiere primero determinar la masa hereditaria total (todos los bienes, derechos y deudas del causante al momento de su muerte), descontar las deudas hereditarias y gastos funerarios, y luego aplicar las reglas de cada orden de sucesión según quiénes sean los herederos presentes.
Cuando heredan hijos y cónyuge (primer orden), la cuota del cónyuge es el doble de la de cada hijo. Por ejemplo, si hay 3 hijos y cónyuge sobreviviente, se divide la herencia en 5 partes: el cónyuge recibe 2/5 y cada hijo 1/5. Si hay un solo hijo, ambos reciben mitad y mitad de la herencia sin testamento chile.
Ejemplo numérico de reparto en primer orden
Supongamos que Juan fallece sin testamento en 2026, dejando un patrimonio neto de $150.000.000 después de pagar deudas. Sobreviven su cónyuge María y dos hijos: Pedro y Ana. Aplicando el art. 988 del Código Civil:
- Total de partes = 2 (cónyuge) + 1 (Pedro) + 1 (Ana) = 4 partes
- Valor de cada parte = $150.000.000 ÷ 4 = $37.500.000
- María (cónyuge) recibe: 2 × $37.500.000 = $75.000.000
- Pedro recibe: $37.500.000
- Ana recibe: $37.500.000
Si en lugar de dos hijos hubiera solo uno (Roberto), la división sería:
- Total de partes = 2 (cónyuge) + 1 (hijo) = 3 partes
- Valor de cada parte = $150.000.000 ÷ 3 = $50.000.000
- María recibe: 2 × $50.000.000 = $100.000.000
- Roberto recibe: $50.000.000
Estos cálculos se aplican sobre el patrimonio neto, es decir, después de descontar todas las deudas hereditarias, gastos de última enfermedad, gastos funerarios y costos del trámite de posesión efectiva.
Reparto cuando solo hay ascendientes y cónyuge
Si no hay hijos ni descendientes (segundo orden), la herencia sin testamento chile se reparte entre ascendientes y cónyuge. El cónyuge nuevamente recibe el doble de lo que corresponde a cada ascendiente del grado más próximo.
Ejemplo: Carolina fallece sin testamento ni hijos, dejando $90.000.000. Sobreviven su cónyuge Jorge y sus dos padres (ambos vivos). Aplicando el art. 989 del Código Civil:
- Total de partes = 2 (cónyuge) + 1 (padre) + 1 (madre) = 4 partes
- Valor de cada parte = $90.000.000 ÷ 4 = $22.500.000
- Jorge (cónyuge) recibe: 2 × $22.500.000 = $45.000.000
- Padre recibe: $22.500.000
- Madre recibe: $22.500.000
Si solo viviera uno de los padres, la división sería entre 3 partes: el cónyuge recibe 2/3 y el ascendiente sobreviviente 1/3 de la herencia total.
Errores comunes al tramitar herencia sin testamento chile
Uno de los errores más frecuentes es iniciar el trámite ante la institución equivocada. Desde 2022, la posesión efectiva intestada de herencias bajo 100 UF se tramita en el Registro Civil mediante un procedimiento administrativo simplificado, mientras que las herencias superiores a ese monto deben tramitarse en el tribunal civil correspondiente.
Otro error común es no incluir a todos los herederos legales en la solicitud de posesión efectiva. Si se omite a un heredero con derecho legal (por ejemplo, un hijo no reconocido inicialmente), el procedimiento puede anularse y debe reiniciarse, generando retrasos y costos adicionales.
Muchas personas confunden la simple convivencia con el derecho a heredar. Solo tienen derecho sucesorio el cónyuge casado y el conviviente civil con Acuerdo de Unión Civil vigente. Las parejas de hecho, sin importar cuántos años hayan convivido, NO heredan en la sucesión intestada.
Finalmente, es frecuente olvidar que la herencia sin testamento chile incluye tanto activos como pasivos. Los herederos responden de las deudas del causante hasta el monto de lo que efectivamente reciben, no con su patrimonio personal (beneficio de inventario).
Cuándo es necesario contratar un abogado
Si la herencia incluye bienes raíces, derechos sociales en empresas, vehículos motorizados o activos financieros complejos, es recomendable asesorarse con un abogado especializado en derecho sucesorio. La inscripción de inmuebles en el Conservador de Bienes Raíces requiere escritura pública de posesión efectiva y posterior inscripción especial de herencia.
Cuando existen conflictos entre herederos sobre quién tiene derecho a qué bienes, o cuando alguno de los herederos cuestiona la validez de un testamento parcial, la intervención de un abogado evita errores costosos y acelera el proceso judicial.
Si el causante tenía deudas significativas (créditos hipotecarios, deudas bancarias, deudas tributarias), es fundamental hacer un inventario solemne para proteger a los herederos del riesgo de responder con patrimonio propio. En estos casos, puedes conversar con un abogado por WhatsApp para evaluar tu situación específica.
Cómo iniciar el trámite de posesión efectiva intestada
Para formalizar la herencia sin testamento chile, los herederos deben obtener la posesión efectiva, que es la resolución judicial o administrativa que reconoce oficialmente su calidad de herederos y les permite disponer de los bienes del causante. Sin este trámite, no es posible inscribir inmuebles, transferir vehículos ni acceder a cuentas bancarias del fallecido.
El trámite se inicia presentando una solicitud de posesión efectiva intestada ante el Registro Civil (herencias bajo 100 UF, aproximadamente $3.900.000 en 2026) o ante el juzgado civil competente (herencias sobre ese monto). La competencia territorial corresponde al último domicilio del causante.
Los documentos básicos requeridos son: certificado de defunción, certificados de nacimiento de todos los herederos, certificado de matrimonio o Acuerdo de Unión Civil si corresponde, inventario simple de bienes del causante, y declaración jurada de no existir testamento (que se obtiene en el Registro de Testamentos del Registro Civil).
Plazos y costos del trámite
La posesión efectiva intestada tramitada en el Registro Civil (herencias simples bajo 100 UF) tarda aproximadamente 30 a 60 días hábiles desde la presentación completa de los documentos. El costo es reducido: alrededor de $15.000 a $25.000 en certificados y tasas administrativas.
La posesión efectiva intestada tramitada en tribunales civiles (herencias sobre 100 UF o con bienes complejos) demora entre 4 y 8 meses en promedio. Los costos incluyen honorarios de abogado (desde $800.000 según complejidad), publicación en Diario Oficial (alrededor de $45.000), y tasas judiciales. Puedes consultar más sobre el proceso completo de herencia en nuestro sitio.
Una vez obtenida la resolución de posesión efectiva, debe inscribirse en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas que lleva el Servicio de Registro Civil. Si hay bienes raíces, además debe hacerse inscripción especial de herencia en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Qué pasa si no hay herederos en la sucesión intestada
Cuando no existen parientes dentro de los grados contemplados por la ley (hasta el sexto grado de colateralidad), la herencia sin testamento chile pasa al Fisco de Chile por el quinto y último orden de sucesión, según el art. 995 del Código Civil. El Fisco hereda como un heredero más, pero con la obligación de destinar esos bienes a programas sociales.
En la práctica, el Consejo de Defensa del Estado representa al Fisco en estos procedimientos. Si no hay quien solicite la posesión efectiva, el Estado puede iniciar de oficio el trámite para incorporar esos bienes al patrimonio fiscal.
Es importante destacar que el Fisco NO hereda deudas: si la herencia presenta un pasivo superior al activo, simplemente se declara vacante y los acreedores deben ejecutar directamente sobre los bienes del causante hasta donde alcancen. Los herederos del quinto orden (Fisco) tienen beneficio de inventario automático.
Si tienes dudas sobre quién hereda en tu caso particular o necesitas iniciar un trámite de posesión efectiva, puedes contactarnos para recibir asesoría personalizada según tu situación familiar y patrimonial.
Si tu caso es complejo, conversa con un abogado por WhatsApp.
Artículo escrito por el abogado José Luis Fernández Henríquez, titulado de la Universidad SEK con más de una década de experiencia en liderazgo estratégico y gestión de conflictos.
Preguntas frecuentes
¿Quién hereda si no hay testamento y solo hay un hijo?
Heredan el hijo y el cónyuge sobreviviente en partes iguales (50% cada uno) según el art. 988 del Código Civil. Si no hay cónyuge, el hijo único hereda la totalidad. Si el hijo falleció antes, heredan sus descendientes por representación.
¿El conviviente de hecho hereda sin testamento en Chile?
No. Solo heredan el cónyuge casado y el conviviente civil con Acuerdo de Unión Civil vigente al momento del fallecimiento. Las parejas de hecho sin vínculo legal formal no tienen derecho alguno en la sucesión intestada.
¿Cuánto tarda el trámite de posesión efectiva intestada?
Depende del monto de la herencia. En el Registro Civil (herencias bajo 100 UF) demora 30 a 60 días hábiles. En tribunales civiles (herencias mayores) tarda entre 4 y 8 meses en promedio, según la complejidad de los bienes.
¿Los hermanos heredan si hay hijos del fallecido?
No. Los hermanos solo heredan en el tercer orden de sucesión, cuando no existen descendientes, ascendientes ni cónyuge sobreviviente. Si hay hijos, estos excluyen completamente a los hermanos del causante.
¿Cuánto cuesta tramitar una herencia sin testamento en Chile?
Herencias simples bajo 100 UF tramitadas en Registro Civil cuestan $15.000 a $25.000. Herencias mayores tramitadas en tribunales cuestan desde $800.000 en honorarios de abogado más publicaciones en Diario Oficial (alrededor de $45.000) y tasas judiciales.
¿Los nietos heredan directamente sin testamento?
Los nietos solo heredan por derecho de representación si su padre o madre (hijo del causante) falleció antes que el causante. En ese caso, los nietos ocupan el lugar y reciben la cuota que habría correspondido a su padre o madre fallecido.
¿Qué pasa si uno de los herederos renuncia a la herencia?
Su porción acrece a los demás herederos del mismo orden proporcionalmente. La renuncia debe hacerse mediante escritura pública ante notario y no puede retractarse una vez otorgada. Puedes consultar más en nuestra guía sobre renuncia de herencia.
¿Puedo vender un bien heredado sin posesión efectiva?
No. Sin posesión efectiva inscrita, los herederos no pueden vender, transferir, hipotecar ni disponer legalmente de los bienes del causante. Primero debe obtenerse la resolución de posesión efectiva y hacer las inscripciones correspondientes en los registros públicos.