Derecho de Familia

Demanda Paternidad ADN 2026: Prueba y Procedimiento

Demanda paternidad ADN en Chile: cómo se prueba, procedimiento judicial, examen obligatorio y efectos en pensión de alimentos. Guía legal 2026.

Por José Luis Fernández · 6 de septiembre de 2026 · 2882 palabras

Abogado Familia en Chile — demanda paternidad adn | Professional discussion among lawyers in a modern office, focusing on legal matters.

La demanda paternidad ADN es el procedimiento legal para establecer la filiación de un hijo mediante prueba biológica, regulado en el Código Civil y la Ley 19.585. En Chile, el examen de ADN es la prueba más confiable y vinculante para determinar si una persona es el padre biológico de un menor, con exactitud superior al 99.9%. Este resultado tiene efectos inmediatos en derechos de herencia, pensión de alimentos, apellido y otros derechos filiatorios.

En este artículo conocerás exactamente cómo funciona la demanda paternidad ADN en Chile, qué ocurre cuando el demandado se niega al examen, cuáles son los plazos legales y cómo esto impacta la pensión de alimentos de tus hijos.

Qué es la Demanda Paternidad ADN y Quién Puede Demandar

La demanda paternidad ADN es una acción judicial que busca establecer legalmente que una persona es el padre biológico de un menor, con base en prueba de ácido desoxirribonucleico. Esta demanda puede ser presentada por:

  • La madre del menor
  • El menor cuando cumple 18 años
  • El propio hijo a través de su representante legal
  • Herederos si el demandado falleció (solo para efectos sucesorios)

Según el art. 206 del Código Civil, la filiación por paternidad se prueba con el examen de ADN, y este resultado vincula al tribunal. El procedimiento es regulado también por la Ley 19.585 sobre filiación, que modernizó las reglas sobre reconocimiento y prueba de paternidad.

Legitimación Activa: Quién Tiene Derecho a Demandar

La legitimación activa (quién puede demandar) varía según la edad del hijo:

  • Si el hijo es menor de edad: demanda la madre o ambos padres del menor.
  • Si el hijo es adulto (18 años o más): él mismo puede demandar paternidad para establecer su filiación y acceder a derechos hereditarios, pensión de alimentos retroactiva, o cambio de apellido.
  • Después de la muerte del presunto padre: los herederos pueden demandar paternidad solo para efectos de determinar la porción hereditaria, no para pensión de alimentos.

Legitimación Pasiva: Contra Quién Se Demanda

La demanda paternidad ADN se dirige contra el presunto padre, identificado plenamente en la demanda con nombre completo, RUT y domicilio conocido. Si el demandado no comparece o se niega a participar, el tribunal lo cita para que se someta al examen de ADN bajo apercibimiento de sentencia adversa.

Qué Dice la Ley Sobre la Demanda Paternidad ADN

El Código Civil chileno establece que la paternidad se determina mediante examen de ADN, cuya exactitud es vinculante para el tribunal. Las normas aplicables son:

  • Art. 206 del Código Civil: "La paternidad se prueba por el examen de ácido desoxirribonucleico (ADN)".
  • Ley 19.585 sobre Filiación: regula el procedimiento de demanda de filiación y el reconocimiento voluntario o forzado.
  • Art. 327 del Código de Procedimiento Civil: establece el procedimiento ordinario para demandas de filiación.
  • Resolución 12.235 de 2021 del Servicio Médico Legal: fija protocolos obligatorios para realización de examen de ADN en el contexto judicial.

En la práctica, el tribunal ordena el examen de ADN a través del Servicio Médico Legal (SML) o laboratorio acreditado, a expensas de quien lo solicita. El resultado, si es concluyente (>99.9% de compatibilidad), vincula completamente la sentencia.

Carga de la Prueba y Presunción de Paternidad

Según el art. 184 del Código Civil, se presume hijo del marido si nace después de 180 días de la celebración del matrimonio y antes de 300 días después de disuelto, o si nace cuando el marido ya está separado pero convivía con la madre. Esta presunción es relativa y cede ante prueba de ADN concluyente.

Si el demandado se niega a someterse al examen sin causa justificada, el tribunal presume la paternidad en su contra, es decir, lo interpreta como confesión indirecta. Esta presunción es establecida en el art. 213 del Código Civil: "Se presume la paternidad del demandado si no se somete al examen de ADN sin justificación legal".

Tambla Resumen de Pruebas de Paternidad en Chile:

Tipo de Prueba Validez Legal Exactitud Vinculante
Examen de ADN Art. 206 CC >99,9% Sí, obligatoria
Reconocimiento voluntario Art. 184 CC 100% Sí, inmediata
Presunción por negativa Art. 213 CC Relativa Sí, si se rechaza
Prueba circunstancial (convivencia, etc.) Art. 425 CPC Variable No concluyente

Cómo Se Realiza el Examen de ADN en el Procedimiento Judicial

El examen de ADN en una demanda paternidad ADN es realizado por el Servicio Médico Legal (SML) o laboratorio acreditado judicialmente, bajo estrictas normas de cadena de custodia. El proceso paso a paso es:

Procedimiento de Toma de Muestra

  1. Orden judicial: El tribunal dicta resolución ordenando el examen de ADN a ambas partes (presunto padre y menor).
  2. Citación: Se cita al demandado y a la madre con el hijo para comparender en fecha y hora precisas.
  3. Consentimiento informado: Ambas partes firman consentimiento informado explicando los alcances del examen.
  4. Toma de muestras: Se recolecta saliva, sangre o mucosa bucal bajo supervisión de profesional del SML. La toma debe realizarse ante ambas partes.
  5. Etiquetado y custodia: Las muestras se etiquetan, sellan y se registra el número de identificación único.
  6. Análisis en laboratorio: El análisis dura entre 7 y 30 días según la complejidad.
  7. Emisión de resultado: Se emite informe pericial con conclusión: "Compatible", "Incompatible" o "Resultado Inconcluso".

Ejemplo práctico: María González presenta demanda de paternidad contra Roberto Pérez por hijo Tomás, nacido el 15 de marzo de 2018 sin reconocimiento. El juzgado cita a ambas partes. Roberto comparece con su abogado. Ambos se someten a toma de muestra el 20 de mayo de 2026. El SML emite resultado el 8 de junio de 2026: "Compatibilidad de ADN: 99,97% (Compatible)". El tribunal dicta sentencia el 15 de junio de 2026 acogiendo la demanda.

¿Tu caso es similar? Consulta gratis por WhatsApp — respuesta en menos de 1 hora.

Costos del Examen de ADN Judicial

El costo del examen de ADN en Chile varía entre UF 5 a UF 15 (aproximadamente CLP 204.220 a CLP 612.660 a julio de 2026), según el laboratorio y complejidad. El tribunal ordena que quien solicita el examen asuma el costo, aunque puede diferirse si la parte carece de recursos (art. 593 del Código de Procedimiento Civil).

En la mayoría de los casos, si la demanda se acoge, los costos pueden ser compensados parcialmente al demandado como costas del juicio.

Procedimiento Paso a Paso: Desde la Demanda Hasta la Sentencia

El procedimiento de demanda paternidad ADN sigue las reglas del juicio ordinario, regulado en el art. 327 del Código de Procedimiento Civil. Los pasos son:

Fase 1: Presentación de la Demanda

  1. Redacción de demanda: Se redacta por abogado o se presenta en forma simple si la parte no tiene recursos.
  2. Requisitos obligatorios: La demanda debe contener:
    • Nombre completo, RUT y domicilio del demandante
    • Nombre completo, RUT y domicilio del demandado
    • Datos completos del menor (nombre, fecha de nacimiento, RUT si lo tiene)
    • Hechos que fundamentan la demanda (relación entre las partes, cohabitación, etc.)
    • Petitorio claro: "Se declare la paternidad de [nombre menor] respecto de [nombre demandado]"
    • Pruebas que aportará (examen de ADN, testigos, documentos)
  3. Presentación: Se presenta en Juzgado de Familia competente (del domicilio del demandado o donde reside el menor).
  4. Pago de aranceles: Se pagan derechos de presentación según arancel judicial (aproximadamente UF 3-5).

Fase 2: Tramitación y Medidas Precautorias

  1. Admisión de demanda: El tribunal admite la demanda por decreto.
  2. Notificación al demandado: Se notifica por cédula al demandado con traslado de 10 días para contestar (art. 327 CPC).
  3. Contestación: El demandado puede contestar negando los hechos o someterse a examen de ADN de inmediato.
  4. Prueba anticipada: Pueden solicitarse medidas para asegurar la comparecencia al examen (embargo de bienes si existe riesgo de fuga).

Fase 3: Prueba y Examen de ADN

  1. Orden de examen: El tribunal dicta resolución ordenando examen de ADN dentro de 30 días.
  2. Comparecencia obligatoria: Ambas partes y el menor deben comparecer so pena de multa por incumplimiento (art. 235 CPC).
  3. Análisis y resultado: Plazo de 7-30 días para resultado pericial.
  4. Impugnación de resultado: Cualquiera de las partes puede impugnar el resultado solicitando nuevo examen (contramuestreo), cuyos costos corre la parte que la solicita.

Fase 4: Sentencia y Recursos

  1. Sentencia: El tribunal dicta sentencia acogiendo o rechazando la demanda conforme al resultado del ADN.
  2. Plazo: Dentro de 60 días desde que termina la prueba (art. 341 CPC).
  3. Recurso de apelación: Cualquiera de las partes puede apelar ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días.
  4. Recurso de casación: Solo en casos de error de derecho que altere sustancialmente la sentencia.

Errores Comunes al Interponer Demanda Paternidad ADN

Cuando demandas paternidad ADN, debes evitar estos errores que ha cometido:

  • Error 1: No identificar correctamente al demandado en la demanda. Si escribes mal el RUT, nombre o domicilio del presunto padre, la notificación falla y se nulifica el proceso. Solución: obtén datos exactos del RUT, nombre completo y domicilio actual del demandado antes de redactar la demanda. Verifica en carné de identidad o a través del Registro Civil.

  • Error 2: Presentar la demanda en tribunal incompetente. El Juzgado de Familia competente es el del domicilio del demandado (art. 24 del Código de Procedimiento Civil). Si demandas en otro tribunal, tu demanda será rechazada por incompetencia. Solución: identifica en dónde vive el demandado y determina el Juzgado de Familia de ese territorio.

  • Error 3: No aportar prueba circunstancial que respalde la demanda. Aunque el ADN es concluyente, debes aportar documentos que hagan verosímil tu posición: escritos de la madre al padre, testigos, registros de convivencia, etc. Sin esto, el tribunal puede rechazar la demanda de plano. Solución: recopila correos, mensajes WhatsApp, testimonios de terceros que acrediten relación entre presunto padre y madre.

  • Error 4: No asumir costo del examen de ADN inicial. Aunque es caro, quien solicita el examen lo paga inicialmente. Si no tienes recursos, puedes solicitar beneficio de litigar sin gasto (pobreza), pero esto requiere declaración jurada. Solución: consulta con abogado sobre acceso a justicia gratuita o solicita al tribunal fraccionamiento de costos.

  • Error 5: Negociar privadamente sin formalizar acuerdo. Si el presunto padre reconoce verbalmente pero luego se retracta, pierdes tiempo. Solución: si hay acuerdo, formaliza mediante escritura pública de reconocimiento ante notario (art. 191 del Código Civil) — esto es vinculante e inmediato, sin necesidad de juicio.

Negativa al Examen de ADN y Presunción de Paternidad

Si el demandado se niega sin causa justificada a someterse al examen de ADN, el tribunal presume su paternidad en su contra, es decir, lo interpreta como confesión tácita. Esta regla es establecida en el art. 213 del Código Civil: "Si el demandado se rehúsa sin justa causa a someterse al examen de ADN, se presume su paternidad".

Las únicas causas justificadas para rechazar el examen son:

  • Enfermedad grave que impida la toma de muestra
  • Orden de internación psiquiátrica
  • Fallecimiento entre la notificación y la fecha de examen
  • Imposibilidad de ubicación del demandado pese a diligencias

Consecuencias de la Negativa

  1. Presunción de paternidad: Se estima probada la paternidad aunque no haya ADN.
  2. Sentencia: El tribunal dicta sentencia acogiendo la demanda.
  3. Inscripción de paternidad: Se ordena al Registro Civil inscribir la paternidad en el acta de nacimiento del menor.
  4. Efectos retroactivos: Desde la sentencia, el menor es hijo legal del padre para todos los efectos (herencia, pensión de alimentos, apellido).

Ejemplo práctico: Carlos Molina es demandado por paternidad por Francisca Torres. Se le cita a examen de ADN para el 22 de junio de 2026. Carlos no comparece y no presenta justificación. El tribunal, por resolución del 25 de junio, presume la paternidad en su contra. Dicta sentencia acogiendo la demanda el 2 de julio de 2026. La paternidad se inscribe en el Registro Civil.

Efectos de la Sentencia: Retroactividad y Derechos

La sentencia que acoge una demanda paternidad ADN tiene efectos retroactivos desde la fecha de nacimiento del menor, no desde la sentencia. Esto significa:

  • Apellido: El menor puede cambiar su apellido para llevar el del padre reconocido.
  • Herencia: Si el padre fallece, el hijo tiene derecho a herencia aunque la paternidad se haya probado después del fallecimiento (art. 989 del Código Civil).
  • Pensión de alimentos: Puede cobrar pensión de alimentos retroactiva desde 3 años antes de la interposición de la demanda (art. 332 del Código Civil).
  • Legitimación: El hijo adquiere legitimación activa y pasiva para juicios en los que esté en juego su relación con el padre.

Pensión de Alimentos Derivada de la Paternidad

Una vez probada la paternidad mediante demanda paternidad ADN, el menor tiene derecho a pensión de alimentos, regulada en los art. 223-332 del Código Civil. La pensión se calcula sobre el 20-30% del sueldo del padre, según circunstancias.

La Ley 14.908 sobre Pensiones de Alimentos establece que la pensión es retroactiva a 3 años antes de la demanda, pero pagadera desde el primer mes posterior a la sentencia de paternidad. Ejemplo: si demandas paternidad en enero de 2026 y la sentencia se dicta en octubre de 2026, el derecho a alimentos nace en octubre de 2023, pero se cobran desde noviembre de 2026.

Puedes revisar más detalles en pensión de alimentos mínima y máxima.

Registro Civil e Inscripción de Paternidad

Una vez ejecutoriada la sentencia (sin recursos pendientes), se remite copia al Registro Civil del domicilio del menor para inscribir la paternidad en el acta de nacimiento. Puedes verificar el estado en registrocivil.cl.

Esta inscripción es automática y no requiere trámite adicional. El menor recibirá su cédula de identidad actualizada con el padre reconocido.

Preguntas Frecuentes sobre Demanda Paternidad ADN

  1. ¿Cuánto tarda una demanda de paternidad desde inicio hasta sentencia? Una demanda paternidad ADN tarda entre 8 a 14 meses desde presentación hasta sentencia ejecutoriada, dependiendo de la complejidad, carga de trabajo del tribunal y si hay recursos. El examen de ADN propiamente tal toma 7-30 días.

  2. ¿Qué pasa si el demandado no comparece a la citación inicial? Si el demandado no comparece a la citación, se declara rebelde (art. 303 CPC) y continúa el juicio en su contra sin que pueda defenderse activamente. Luego se procede directamente al examen de ADN con orden del tribunal.

  3. ¿Puedo pedir demanda de paternidad ADN si el padre falleció? Sí, pero solo con efectos sucesorios. Según art. 982 del Código Civil, los herederos pueden probar paternidad post mortem para acceder a la herencia. No genera derecho a pensión de alimentos retroactiva.

  4. ¿El resultado del ADN es 100% vinculante o puedo impugnarlo? El resultado es 99,9% concluyente. Puedes solicitar contramuestreo (segundo examen) si tienes dudas, pero su costo corre por quien lo solicita. Rara vez arroja resultado diferente.

  5. ¿Cuál es la diferencia entre demanda de paternidad y reconocimiento voluntario? La demanda paternidad ADN es contenciosa (hay oposición). El reconocimiento voluntario es cuando el padre firma ante notario aceptando la paternidad, sin necesidad de juicio — es inmediato y vinculante.

  6. ¿Qué derechos tengo si mi padre me reconoce pero después se niega a pagar alimentos? Puedes demandar judicialmente cobro de alimentos conforme a la Ley 14.908, pedir embargo de bienes, o solicitar arresto por incumplimiento de sentencia. Consulta en pensión de alimentos para más detalles sobre cobranza.

  7. ¿Puedo usar un examen de ADN casero (privado) como prueba en juicio? No. Solo es válido el examen realizado por Servicio Médico Legal o laboratorio acreditado judicialmente bajo cadena de custodia verificada por el tribunal. Un ADN privado no tiene validez legal.

  8. ¿La madre puede ser obligada a revelar la identidad del padre en una demanda? Sí, la madre está obligada a identificar al presunto padre. Si se niega sin causa, puede ser sancionada con multa (art. 223 CPC). Aunque ocurra en contexto de violencia, debe divulgar el dato y el tribunal toma medidas de protección.

Cómo Actuar Si Necesitas Interponer Demanda Paternidad ADN

Si tu situación requiere demanda de paternidad ADN, es fundamental contar con asesoría legal especializada. Los pasos prácticos son:

  1. Recopila documentos: Acta de nacimiento del menor, cédulas de identidad (tuya y presunto padre), documentos que prueben relación (correos, mensajes, testigos).
  2. Consulta con abogado de familia: Verifica viabilidad del caso y costos estimados.
  3. Evalúa acceso a justicia gratuita: Si no tienes recursos, solicita beneficio de litigar sin gasto.
  4. Redacción de demanda: Tu abogado redacta demanda con todos los requisitos legales.
  5. Presentación: Se presenta en Juzgado de Familia competente.
  6. Seguimiento: El abogado realiza seguimiento del caso hasta sentencia ejecutoriada.

Si tu caso requiere representación legal, puedes contar con asesoría especializada en derecho de familia. Visita contacto para consultar disponibilidad.

Si tu caso es complejo, conversa con un abogado por WhatsApp.


Artículo escrito por el abogado José Luis Fernández Henríquez, titulado de la Universidad SEK con más de una década de experiencia en liderazgo estratégico y gestión de conflictos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta una demanda de paternidad con ADN en Chile?

El costo incluye honorarios de abogado (UF 15-30 aproximadamente) y examen de ADN (UF 5-15). Si no tienes recursos, puedes solicitar beneficio de litigar sin gasto. Algunos costos pueden ser compensados al demandado si ganas. Consulta con abogado para presupuesto exacto según tu caso.

¿Qué pasa si el demandado se niega a hacerse el examen de ADN?

Si se rehúsa sin justificación legal, el tribunal presume su paternidad en su contra (art. 213 del Código Civil). Esto significa que se estima probada la paternidad sin necesidad de ADN, y la sentencia acoge tu demanda. La presunción es prácticamente vinculante.

¿Cuánto tiempo tarda una demanda de paternidad hasta sentencia?

Aproximadamente 8 a 14 meses desde presentación hasta sentencia ejecutoriada. El examen de ADN toma 7-30 días. El plazo total depende de complejidad del caso, carga de trabajo del tribunal y si hay recursos (apelaciones). En casos simples puede tardar 6 meses.

¿Puedo cobrar pensión de alimentos retroactiva si pruebo paternidad después?

Sí, según art. 332 del Código Civil, tienes derecho a cobrar pensión de alimentos retroactiva por hasta 3 años antes de la interposición de la demanda. Se paga desde el primer mes posterior a la sentencia de paternidad, no antes.

¿El examen de ADN de un laboratorio privado es válido en juicio?

No. Solo es válido el examen realizado por Servicio Médico Legal (SML) o laboratorio acreditado judicialmente bajo cadena de custodia verificada. Un ADN privado no tiene validez legal para demanda de paternidad ante tribunal.

¿Qué derechos adquiere un hijo si se prueba su paternidad?

Derechos de apellido del padre, herencia (si fallece), pensión de alimentos obligatoria (20-30% del sueldo), legitimación para demandar y ser demandado, acceso a información médica del padre, y derecho a suceder en caso de muerte intestada del padre.

Hablar con un abogado por WhatsApp