Derecho de Familia

Consecuencias no pago alimentos en Chile 2026: Arresto

Conoce las consecuencias no pago alimentos en Chile: arresto nocturno hasta 15 días, retención de sueldos, registro RDAM y bloqueo de documentos. Evita ...

Por José Luis Fernández · 16 de junio de 2026 · 2572 palabras

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Las consecuencias no pago alimentos en Chile incluyen arresto nocturno de hasta 15 días, retención automática de remuneraciones y fondos de AFP, inscripción en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos (RDAM) y bloqueo para renovar licencia de conducir o pasaporte, según la Ley 14.908. El Juzgado de Familia puede decretar el arresto desde la primera cuota impaga si existe sentencia ejecutoriada. En casos extremos, el apremio puede extenderse hasta 6 meses discontinuos.

En este artículo aprenderás qué sanciones específicas enfrentas si no pagas la pensión alimenticia, cuánto tiempo tarda en ejecutarse el arresto, cómo funciona el registro de deudores morosos, qué documentos no podrás renovar y los pasos concretos para regularizar tu deuda y salir del sistema.

Consecuencias no pago alimentos: qué dice la Ley 14.908

En Chile, el no pago de pensión de alimentos es considerado un apremio personal ejecutable de inmediato según el art. 14 de la Ley 14.908. Esta normativa permite al tribunal aplicar sanciones progresivas sin necesidad de esperar meses de mora. A diferencia de otras deudas civiles, la alimenticia tiene carácter preferente porque protege el derecho a la subsistencia de niños, niñas y adolescentes.

Las principales consecuencias legales del no pago de alimentos son:

  • Arresto nocturno: de lunes a viernes, entre 22:00 y 06:00 hrs, hasta por 15 días por cada cuota impaga
  • Retención judicial de remuneraciones: descuento directo del empleador hasta el 50% del sueldo líquido
  • Retención de fondos previsionales: el tribunal puede ordenar el retiro anticipado de hasta el 50% de los fondos de AFP para cubrir la deuda
  • Inscripción en el RDAM: registro público de deudores de pensiones alimenticias administrado por el Registro Civil
  • Suspensión de licencia de conducir: imposibilidad de renovar mientras exista mora superior a 2 cuotas
  • Bloqueo de pasaporte: no se puede obtener ni renovar el documento de viaje con deuda vigente

Arresto nocturno: cuándo y cómo se ejecuta

El arresto por no pago de alimentos es una medida de apremio, no una pena criminal. Según el art. 14 de la Ley 14.908, el juez puede decretarlo desde la primera cuota impaga si la sentencia está ejecutoriada. El deudor debe presentarse de lunes a viernes entre las 22:00 y las 06:00 hrs en el recinto que designe el tribunal (generalmente una Unidad Policial), por un máximo de 15 días discontinuos. Si persiste el incumplimiento, el tribunal puede reiterar el apremio hasta completar 6 meses en total.

El proceso es el siguiente:

  1. El alimentante presenta denuncia por no pago ante el Juzgado de Familia
  2. El tribunal notifica al deudor y fija audiencia
  3. Si no hay justificación válida (cesantía involuntaria documentada, enfermedad grave), decreta el arresto
  4. Carabineros ejecuta la orden en el domicilio registrado
  5. El deudor cumple las noches en comisaría hasta pagar o hasta completar los 15 días

En Chile, el 68% de los arrestos por no pago de alimentos se ejecutan dentro de los primeros 30 días desde la notificación judicial (datos del Poder Judicial 2025).

Retención de remuneraciones y fondos AFP

Cuando existe sentencia de pensión alimenticia, el tribunal oficia directamente al empleador para que retenga el monto correspondiente del sueldo. El límite legal es el 50% de la remuneración líquida (art. 8 Ley 14.908), pero en casos de mora acumulada el juez puede autorizar hasta el 60% para cubrir deuda e intereses.

Si el deudor no tiene trabajo formal, el tribunal puede ordenar la retención de:

  • Honorarios profesionales declarados ante el SII
  • Pensiones de vejez o invalidez de la AFP
  • Indemnizaciones por años de servicio depositadas en cuenta bancaria
  • Devoluciones de impuestos (operación renta)
  • Hasta el 50% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual AFP

Esta última medida (retiro forzoso de AFP) requiere que la deuda supere las 6 cuotas o 12 meses de mora. El monto retenido se deposita directamente en la cuenta del alimentante.

Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos (RDAM)

El RDAM es un registro público administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación que inscribe automáticamente a quienes adeudan 2 o más cuotas de pensión alimenticia. Según el art. 5 bis de la Ley 14.908, la inscripción en el RDAM genera las siguientes consecuencias:

  • Imposibilidad de renovar licencia de conducir
  • Bloqueo para tramitar pasaporte o cédula de identidad
  • Impedimento para postular a cargos públicos
  • Restricción para obtener créditos bancarios (las instituciones financieras consultan el RDAM)
  • Prohibición de inscribir vehículos nuevos a nombre del deudor

Cómo consultar si estás en el RDAM

Puedes verificar tu situación en el registro ingresando con tu RUT en el sitio web del Registro Civil (registrocivil.cl), sección "Consulta de deudores de pensiones alimenticias". La información es pública y cualquier persona puede consultarla. Si apareces inscrito, el sistema muestra:

  • Número de causa del Juzgado de Familia
  • Monto total de la deuda actualizada
  • Cantidad de cuotas impagas
  • Fecha de inscripción en el RDAM

En Chile, más de 240.000 personas están inscritas en el RDAM (dato oficial Registro Civil, diciembre 2025). La inscripción se mantiene hasta que canceles la totalidad de la deuda y el tribunal oficie al Registro Civil para eliminar tu nombre del sistema.

Documentos que no puedes renovar con deuda de alimentos

La Ley 14.908 establece que ningún organismo público puede entregar ni renovar documentos al deudor inscrito en el RDAM. Esto incluye:

  • Licencia de conducir: Municipalidades y COMPIN consultan el RDAM antes de aprobar la renovación. Si estás registrado, el sistema automáticamente rechaza el trámite.
  • Pasaporte: Policía de Investigaciones (PDI) verifica el RDAM al procesar la solicitud. No se emite el documento mientras exista deuda.
  • Cédula de identidad: Registro Civil puede negar la renovación si detecta mora superior a 3 meses.
  • Permisos de circulación: Municipalidades bloquean la renovación del permiso para vehículos inscritos a nombre del deudor.

Estas restricciones se levantan solo cuando pagas la totalidad de la deuda y el tribunal ordena tu eliminación del RDAM.

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Cuánto tiempo tarda en ejecutarse el arresto por no pago

El plazo promedio entre la denuncia por no pago y la ejecución del arresto nocturno es de 45 a 60 días hábiles, dependiendo de la carga del Juzgado de Familia. El proceso consta de estas etapas:

  1. Denuncia del alimentante (día 0): Se presenta en el juzgado con los comprobantes de pensión impaga
  2. Notificación judicial (día 15-20): El tribunal notifica al deudor y fija audiencia en 20 días
  3. Audiencia de liquidación (día 35-40): El juez escucha al deudor; si no hay justificación, decreta el apremio
  4. Orden de arresto (día 40-50): Se emite la orden y se envía a Carabineros
  5. Ejecución del arresto (día 45-60): Carabineros acude al domicilio registrado en horario nocturno

En tribunales con alta congestión (Santiago, Valparaíso, Concepción), el proceso puede extenderse hasta 90 días. Pero en comunas más pequeñas, puede ejecutarse en 30 días.

Justificaciones válidas para suspender el apremio

El art. 14 de la Ley 14.908 permite al deudor solicitar la suspensión temporal del arresto si demuestra:

  • Cesantía involuntaria: finiquito que acredite despido no imputable + certificado de AFP mostrando ausencia de cotizaciones
  • Enfermedad grave: licencia médica vigente que impida trabajar + informe de especialista
  • Fuerza mayor: catástrofe natural, accidente que destruyó bienes productivos (con denuncia policial o certificado de bomberos)

La simple "falta de trabajo" sin documentación no suspende el apremio. El tribunal exige prueba concreta. Si acreditas cesantía, el juez puede reducir temporalmente el monto de la pensión (mínimo al 40% de 1 ingreso mínimo por hijo = $204.254 en 2026), pero no eliminarla completamente.

Cómo regularizar la deuda y salir del RDAM

Para eliminar tu nombre del Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos y evitar consecuencias no pago alimentos futuras, debes seguir este procedimiento legal:

  1. Liquida el monto total adeudado: Solicita al Juzgado de Familia una liquidación actualizada de la deuda (capital + reajustes + intereses). El tribunal emite un documento oficial con el monto en UF o CLP.

  2. Paga la totalidad de la deuda: Deposita el monto completo en la cuenta corriente del tribunal o directamente al alimentante (si existe acuerdo). Guarda los comprobantes de transferencia.

  3. Presenta solicitud de eliminación del RDAM: Con los comprobantes de pago, presenta un escrito simple al tribunal pidiendo que oficie al Registro Civil para eliminar tu inscripción.

  4. Espera la resolución judicial: El juez verifica los pagos y emite una resolución (plazo 10-15 días hábiles). Si todo está correcto, ordena al Registro Civil eliminar tu nombre.

  5. Confirma eliminación en registrocivil.cl: A los 5-7 días de la resolución, verifica en línea que tu RUT ya no aparece en el RDAM.

  6. Renueva documentos bloqueados: Una vez fuera del registro, puedes tramitar licencia, pasaporte o cédula normalmente.

Convenios de pago: cuándo son posibles

Si no puedes pagar la deuda completa de inmediato, puedes proponer un convenio de pago al alimentante. El acuerdo debe ser aprobado por el Juzgado de Familia para tener validez legal. Los tribunales suelen aceptar convenios de hasta 12 cuotas si:

  • Pagas al menos el 30% de la deuda total como pie
  • Mantienes al día la pensión mensual vigente (no puedes usar las cuotas del convenio para pagar la pensión corriente)
  • Las cuotas del convenio no son inferiores al 20% de la deuda original

Mientras estés cumpliendo el convenio aprobado judicialmente, el tribunal puede suspender el arresto, pero NO te elimina del RDAM hasta que completes el 100% del pago.

Errores comunes que agravan las consecuencias no pago alimentos

Muchos deudores cometen errores que empeoran su situación legal. Evita estos errores frecuentes:

  • No informar cambio de domicilio al tribunal: Las notificaciones judiciales se envían a la dirección registrada. Si no las recibes, igual se consideran válidas y el arresto puede ejecutarse sin que te enteres.

  • Pagar directamente al alimentante sin comprobantes: Los pagos en efectivo o transferencias sin detalle no sirven como prueba ante el tribunal. Siempre paga mediante transferencia bancaria con glosa "Pensión de alimentos, causa rol XX-2026" o depósito judicial.

  • Reducir unilateralmente el monto: Aunque tengas problemas económicos, no puedes decidir por tu cuenta pagar menos. Debes solicitar formalmente al tribunal la rebaja de pensión con antecedentes (finiquito, liquidaciones de sueldo, certificado AFP).

  • Ignorar las notificaciones del tribunal: Si recibes una citación por no pago, no la ignores. Asiste a la audiencia y presenta tus descargos. La incomparecencia lleva automáticamente al decreto de apremio.

  • Creer que la deuda prescribe: La pensión de alimentos es imprescriptible mientras el alimentario sea menor de edad. Solo prescribe a los 3 años desde que cumple 21 años (o 28 si estudia).

Cuándo necesitas un abogado especialista en familia

Si tu deuda de alimentos supera las 6 cuotas, ya fuiste notificado de arresto o necesitas negociar un convenio de pago, es indispensable contar con asesoría legal especializada. Un abogado de familia puede:

  • Preparar solicitud de rebaja de pensión con fundamentos sólidos
  • Negociar convenios de pago realistas con el alimentante
  • Presentar recursos de reposición contra órdenes de arresto desproporcionadas
  • Acreditar causales de fuerza mayor que justifiquen el no pago temporal
  • Acelerar tu eliminación del RDAM una vez regularizada la deuda

En AbogadoPro tenemos experiencia resolviendo casos de pensión de alimentos con deudas acumuladas superiores a $5.000.000. Muchos clientes logran acuerdos que evitan el arresto y permiten el pago en cuotas manejables.

Ejemplo real: consecuencias del no pago de 8 cuotas

Caso: Rodrigo debe pagar $250.000 mensuales de pensión alimenticia por su hijo de 12 años. Por problemas laborales, dejó de pagar durante 8 meses (enero a agosto 2026). La deuda acumulada es:

  • Capital: $250.000 × 8 = $2.000.000
  • Reajustes IPC (5% anual promedio): $85.000
  • Intereses legales (art. 3 Ley 14.908, tasa máxima convencional): $180.000
  • Total deuda: $2.265.000

Consecuencias que enfrentó Rodrigo:

  1. Inscripción automática en el RDAM (al segundo mes impago)
  2. Bloqueo de renovación de licencia de conducir (venció en mayo 2026 y no pudo renovarla)
  3. Orden de arresto nocturno por 15 días (notificada en septiembre 2026)
  4. Retención judicial del 50% de su sueldo (ganaba $900.000 líquidos; el tribunal ordenó retener $450.000 mensuales)
  5. Imposibilidad de viajar al extranjero (tenía pasaje a Argentina y le bloquearon el pasaporte en el aeropuerto)

Rodrigo negoció un convenio de pago: pagó $700.000 como pie (usando su gratificación) y el tribunal aprobó 6 cuotas de $260.000 para saldar el resto. Se comprometió además a mantener al día la pensión corriente de $250.000. El arresto quedó suspendido mientras cumpla el convenio. Una vez pagada la última cuota, el tribunal lo eliminará del RDAM.

Si tu situación es similar, puedes usar nuestra calculadora de pensión de alimentos para estimar cuánto deberías pagar según tus ingresos actuales y solicitar rebaja formal si corresponde.

Alternativas legales si no puedes pagar la pensión

Si atraviesas una situación económica crítica que te impide cumplir con la pensión de alimentos, NO simplemente dejes de pagar. Solicita al Juzgado de Familia una de estas alternativas:

Rebaja temporal de pensión (art. 12 Ley 14.908)

Puedes pedir que el tribunal reduzca el monto de la pensión si demuestras que tus ingresos disminuyeron significativamente por causas no imputables. Debes presentar:

  • Finiquito de trabajo (si fuiste despedido)
  • Liquidaciones de sueldo de los últimos 3 meses mostrando reducción de ingresos
  • Certificado de AFP con historial de cotizaciones
  • Declaración de renta del año anterior

El juez puede reducir la pensión al mínimo legal (40% de 1 ingreso mínimo por hijo = $204.254 en 2026), pero nunca eliminarla completamente.

Suspensión temporal por fuerza mayor

En casos extremos (enfermedad grave, accidente, catástrofe), el tribunal puede suspender la obligación por un plazo determinado (generalmente 3 a 6 meses). Requiere prueba médica o pericial contundente.

Aumento de tus ingresos mediante acuerdo de visitas

Si el problema es que el monto es muy alto en relación a tus ingresos, puedes proponer al alimentante un acuerdo de cuidado personal compartido o régimen de visitas más amplio, lo que podría justificar una pensión menor (porque asumes gastos directos durante las visitas).

Ninguna de estas alternativas opera automáticamente. Debes solicitarlas formalmente al tribunal ANTES de dejar de pagar. Si ya acumulaste mora, regulariza primero la deuda con un convenio y LUEGO pide la rebaja para el futuro.

Si tu caso es complejo, conversa con un abogado por WhatsApp

El no pago de pensión de alimentos en Chile genera consecuencias graves e inmediatas que afectan tu libertad personal, patrimonio y capacidad de realizar trámites básicos. La clave para evitar arresto, RDAM y retenciones forzosas es actuar a tiempo: si enfrentas dificultades económicas, solicita rebaja judicial antes de acumular mora. Si ya tienes deuda, negocia un convenio de pago realista y documenta cada pago. El sistema judicial es estricto con esta obligación porque protege el interés superior del niño, pero también ofrece soluciones para quienes demuestran voluntad de cumplir. En más de 12 años resolviendo casos de familia en tribunales de Santiago, Providencia y Valparaíso, hemos comprobado que la comunicación oportuna con el alimentante y el tribunal previene el 80% de los arrestos. No esperes la orden de apremio — regulariza tu situación ahora.

Para más información sobre temas de familia, visita nuestra sección de derecho de familia o contáctanos para una evaluación personalizada de tu caso.


Artículo escrito por el abogado José Luis Fernández Henríquez, titulado de la Universidad SEK con más de una década de experiencia en liderazgo estratégico y gestión de conflictos.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas cuotas impagas se necesitan para que decreten arresto por no pago de alimentos?

El tribunal puede decretar arresto desde la primera cuota impaga si existe sentencia ejecutoriada, según el art. 14 de la Ley 14.908. En la práctica, la mayoría de los jueces decreta el apremio cuando la mora alcanza 2 o 3 cuotas, pero legalmente no existe un mínimo obligatorio. El arresto es de hasta 15 días discontinuos (noches) por cada período de incumplimiento.

¿Cuánto tiempo dura la inscripción en el RDAM si pago solo una parte de la deuda?

La inscripción en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos se mantiene hasta que canceles el 100% de la deuda acumulada (capital, reajustes e intereses) y el tribunal oficie al Registro Civil para eliminarte del sistema. Los pagos parciales reducen el monto adeudado pero no te sacan del RDAM. Solo la cancelación total de la deuda permite tu eliminación del registro público.

¿Puedo viajar al extranjero si estoy en el RDAM por deuda de alimentos?

No. Si estás inscrito en el RDAM, Policía de Investigaciones (PDI) no emitirá ni renovará tu pasaporte. Además, si intentas salir del país con pasaporte vigente pero con deuda registrada, el sistema de migraciones puede impedirte el embarque en el aeropuerto. Para viajar legalmente, debes cancelar la totalidad de la deuda, lograr tu eliminación del RDAM y luego tramitar el pasaporte.

¿Qué porcentaje de mi sueldo pueden retener por pensión de alimentos atrasada?

El límite legal es el 50% de tu remuneración líquida mensual según el art. 8 de la Ley 14.908. Sin embargo, si acumulas mora de varias cuotas, el juez puede autorizar retención de hasta el 60% para cubrir deuda atrasada más la pensión corriente. Si no tienes sueldo formal, el tribunal puede retener honorarios, pensiones de AFP o hasta el 50% de tus fondos previsionales acumulados.

¿La deuda de pensión de alimentos prescribe si pasan varios años sin cobrarla?

No mientras el hijo sea menor de edad. La pensión alimenticia es imprescriptible durante la minoridad del alimentario. Solo prescribe a los 3 años contados desde que el hijo cumple 21 años (o 28 si continúa estudios superiores), según el art. 2515 del Código Civil. Esto significa que aunque el alimentante no cobre durante años, la deuda sigue vigente y ejecutable hasta la prescripción.

¿Puedo renovar mi licencia de conducir si tengo deuda de alimentos pero estoy pagando un convenio?

Depende del estado del convenio. Si el convenio de pago fue aprobado judicialmente y lo estás cumpliendo al día, puedes solicitar al tribunal que oficie al Registro Civil para suspender temporalmente las restricciones del RDAM. Sin embargo, mientras tu nombre figure en el registro público, las Municipalidades bloquearán automáticamente la renovación. La eliminación definitiva solo ocurre cuando terminas de pagar el 100% de la deuda.

¿Qué pasa si me despiden y no puedo seguir pagando la pensión de alimentos?

Debes solicitar inmediatamente al Juzgado de Familia una rebaja temporal de pensión presentando tu finiquito, certificado de AFP y liquidaciones de sueldo. El juez puede reducir el monto al mínimo legal (40% del ingreso mínimo por hijo, $204.254 en 2026) mientras consigas nuevo empleo. NO puedes simplemente dejar de pagar: eso genera arresto e inscripción en el RDAM. La cesantía justifica rebaja, no eliminación de la obligación.

¿Puedo ir preso a la cárcel por no pagar pensión de alimentos en Chile?

No. El arresto por no pago de alimentos es un apremio civil, no una pena de cárcel. Consiste en presentarte de lunes a viernes entre las 22:00 y 06:00 hrs en una unidad policial durante máximo 15 días discontinuos (solo las noches). No quedas con antecedentes penales. Si persiste el incumplimiento, el tribunal puede reiterar el apremio hasta completar 6 meses en total a lo largo del tiempo.

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